Colega, en ocasiones anteriores informamos que el convenio vigente con el PAMI data del año 2018.
En aquella oportunidad la Confederación Farmacéutica Argentina suscribió este y otros artículos sobre las inspecciones en el marco del convenio con el PAMI:
«Cláusula DÉCIMO SEXTA: COFA se obliga a verificar que sus farmacias asociadas y/o adheridas, cumplan con las normas legales aplicables en todo lo referente a la dispensa de medicamentos debiendo mantener indemne al INSSJP de cualquier reclamo que los afiliados pudieren efectuarle fundado en el incumplimiento de las normas legales y técnicas en la dispensación de medicamentos.
Asimismo, COFA tendrá la obligación de verificar que las farmacias cuenten con las habilitaciones legales exigibles y los respectivos seguros de responsabilidad civil para atender eventuales sucesos de mala práxis farmacéutica. Como asi verificar periódicamente que los mismos se mantengan actualizados.COFA será la única responsable por la dirección y contratación del personal necesario para realizar las tareas objeto del presente, como así también de las responsabilidades laborales, impositivas y previsionales derivadas de tales contrataciones, siendo los únicos responsables de la relación contractual laboral del personal a cargo en los términos de las leyes 20.704, 21.297 y 24.013 así como también del cumplimiento de todas las normas previsionales e impositivas que se deriven de la relación laboral.
EI INSSJP podrá practicar auditorías en terreno a las Farmacias, las que deberán proveer toda la documentación que éste requiera respecto de la dispensación de Medicamentos a los Afiliados”.
Como puede verse, en el último párrafo destacado, CoFA conviene esta facultad al PAMI para realizar auditorías en las farmacias, sin detallar la modalidad, ni el alcance de dicha facultad. Ante los requerimientos de este Colegio proveyeron un FORMULARIO / CUESTIONARIO DE CALIDAD A PRESTADORES FARMACÉUTICOS (ver aquí), esperamos que sirva de guía para responder las exigencias de los inspectores del PAMI enviados por la obra social para realizar AUDITORIAS DE CALIDAD A PROVEEDORES Y REPORTE DE ACCIONES CORRECTIVAS.
Hemos reiterado varias veces a la CoFA la necesidad de adecuar estas inspecciones al trabajo cotidiano de las farmacias que cumplen con múltiples tareas asistenciales, sanitarias y administrativas que son afectadas por las extensas auditorías que exceden el control de la documentación referida a la dispensa de medicamentos.
Detallamos algunos de los requerimientos
Basado en las consultas y experiencia de los Colegas ya inspeccionados, les ofrecemos una guía breve, con la información que podrían requerirles y opciones para responder.
- Seguros: Documentación actualizada correspondientes a pólizas de seguros de incendio, robo, Civil Integral de Comercio, el de ART y el de Mala Praxis. En este último caso, si el seguro de Mala Praxis estuviera incluido en una contratación integral de parte del Colegio, la farmacia deberá mostrar al auditor un comprobante que así lo especifique (puede ver el suyo haciendo aquí).
- Personal de la farmacia: presencia del farmacéutico (DT o Auxiliar), así como de la nómina de trabajadores en correspondencia con sus seguros de ART.
El título del profesional farmacéutico debe encontrarse exhibido.
- Programa de Auditoría Interna de recetas Dispensadas: al efectuar un cierre, cada farmacéutico realiza una auditoría visual de las recetas dispensadas. Además utiliza la herramienta del COLFARMAonline para hacer el control de las recetas y detectar inconsistencias.
- Cumplimiento del protocolo sanitario y de prevención de enfermedades transmisibles: Puede descargar un PROTOCOLO SUGERIDO AQUÍ para adecuarlo a las necesidades de su farmacia y presentarlo en la inspección.
- Habilitación: Dispone Ministerial
- Servicio de retiro de residuos patogénicos: Factura de pago del servicio. O detalle de la composición de pago mensual de la farmacia al colegio, en la que figure ese servicio.
- Trazabilidad: Las farmacias que atienden Alto Costo a través de SIAFAR deben responder que efectúan trazabilidad, ya que, si bien la farmacia no opera las trazas de PAMI Alto Costo, o Hemofilia las hace de manera automática el sistema SIAFAR al momento de los eventos de recepción y dispensa.
- Existencia y funcionamiento de las heladeras: Exhibir planilla de control de temperatura
- Existencia de matafuegos con la correspondiente actualización de su carga de uso.
- Psicofármacos: Los psicofármacos y estupefacientes de las listas que requieren compra con vales oficiales deben estar bajo llave. Los de Lista 4 no requieren estar almacenados por separado y guardados bajo llave, pero sí los de Lista 3 y Lista 2.
- Recetas del convenio: Las que hayan sido objeto de dispensa y a la espera de su cierre y presentación deben encontrarse en la farmacia firmadas, selladas y con los troqueles correspondientes adheridos. Ya que la auditoría solicita les sean exhibidas, y verifica que no haya recetas en ese estado fuera de la farmacia.
- Destroquelamiento: El destroquelamiento se debe realizar al momento de la dispensa (sobre todo en productos de alto costo). En caso de la existencia de envases destroquelados deben estar apartados del resto destinado a la venta, y debidamente identificados.
- Almacenamiento: los medicamentos no deberán ser almacenados a menos de 15 centímetros del piso.
IMPORTANTE
Una vez concluida la inspección, se requerirá la firma del formulario y una dirección de correo electrónico a la que llegará una devolución de la inspección con observaciones y plazos perentorios para que la farmacia efectúe los descargos en caso de ser necesario o requerido.
Le solicitamos que indique una dirección de correo electrónico que utilice regularmente para advertir la llegada del informe.
Si tiene consultas puede escribir a PRESTACIONES@COLFARMA.ORG.AR
Información N°31/2025 (19/06)