SALUD SEGURA MAX
COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A para los afiliados de SALUD SEGURA MAX de SANCOR SEGUROS
Cod. O.S. 911
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): ABRIL 2025
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| PLAN: | OBRA SOCIAL | AFILIADO |
| Plan General | 40% / 50% | Resto |
| Cobertura según respuesta del validador. | ||
Se reconocerán únicamente los medicamentos prescriptos por nombre genérico, incluídos en el Vademécum de SANCOR SEGUROS DE SALUD.
Cuando se prescribe por principio activo la farmacia debe expender la marca que figura en el vademécum (que contenga el principio activo, concentración y forma farmacéutica indicados)
PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto principio activo, de los cuales solo 1 (uno) podrá ser tamaño grande.
Si no especifica cantidad se dispensará el envase chico.
Si indica grande se dispensará el siguiente al menor.
Si equivoca la cantidad o contenido se dispensará el inmediato inferior al indicado.
PRODUCTOS POR RENGLÓN: 1 (uno)
Antibióticos Inyectables:
Env. Individual: 5 (cinco) – Se considerará tamaño grande a los efectos de los envases por receta.
Env. Múltiple: 2 (dos) – Se considerará tamaño chico a los efectos del límite de los envases por receta
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
. Oficial: NO
. Particulares o instituciones: prescriptas en original, donde el sello y la firma del profesional prescriptor deberán estar también en original.
. Llamando al Doctor (ver muestra al pie)
. Recetas prescriptas en formato digital/computadora: donde el sello y la firma del profesional prescriptor deberán estar también en original.
. Recetas prescriptas en formato digital (electrónicas): las que deberán contener obligatoriamente el “código de barras” y N° de recetario, donde el sello y la firma del profesional prescriptor también estarán en formato digitalizado. Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
Para los recetarios electrónicos es obligatorio tipear el número de receta al validar la dispensa.
En el caso que la prescripción este realizada por número de Afiliado, la Farmacia deberá salvarlo colocando el número de Documento, con firma en conformidad del Afiliado. Siendo el número de DNI el que debe colocarse en el campo “N° de Afiliado al momento de validarse.
Datos que deben figurar de puño y letra del profesional, y con la misma tinta:
· Denominación de la Entidad (en caso de recetarios que no sean oficiales de la Entidad)
· Nombre y apellido de paciente
· Número de afiliado tal como figura en la credencial
· Medicamentos recetados por nombre genérico y cantidad de cada uno en números y letras
· Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
· Fecha de prescripción
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
El día de la prescripción y los 30 días siguientes.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI. Si el médico hubiera colocado incorrectamente el número de afiliado podrá ser salvado por el farmacéutico, quien deberá realizar dicha aclaración al dorso, salvando con su firma y sello.
Datos a completar por la farmacia:
· Código de farmacia
· Fecha de venta
· Ticket de venta o comprobante de validación
· Troquel (en caso de no poseer , adjuntar el código de barras)
· Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
· Sello de la farmacia y firma del farmacéutico
· Firma y aclaración de quien retira los medicamentos.
Las correcciones y enmiendas hecha por la farmacia en los importes de la receta, en los datos de filiación del paciente, en los cambios se tinta o letra, en la fecha de venta o en el número de orden; deberán estar salvadas con la firma del afiliado y consignar la aclaración del error cometido, al dorso de la receta.
Adjuntar los troqueles del siguiente modo: de acuerdo al orden de la prescripción, incluyendo el código de barras, si lo hubiera, adheridos con goma de pegar o cinta adhesiva (no utilizar abrochadora).
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debería crear los mecanismos necesarios para obtenerlos dentro de las 24 hs de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya trascurrido dicho plazo. La farmacia no debe retener la receta.
Ante cualquier inconveniente comunicarse al 0810-345-3276 con receta en mano.
RESUMEN
Planilla: Carátula Única
Cantidad: 1 (una)
Presentación: Mensual
Las recetas tienen un plazo de 60 días a partir de la fecha de venta para ser facturadas.
CUIT
30-59766504-7
CTRL F: para buscar palabra clave
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUIWEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648

