Atento a la situación social en el Marco de la Emergencia Sanitaria declarada en virtud de los Decretos N° 260/2020 y N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y los Decretos N° 132/2020 y N° 165/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, esta Subdirección informa que para evitar mayor circulación de afiliados, se aceptará la dispensa de medicamentos MEPPES sin la firma del médico prescriptor.
La farmacia deberá completar en la autorización MEPPES la conformidad del afiliado o tercero y sus datos como corresponde y ante la falta del sello y firma del prescriptor completar “EMERGENCIA SANITARIA”.
Información N°11/2020.