Estimados Colegas

Ponemos a disposición un nuevo llamado para inscripción al Programa Emprendedores Farmacéuticos tendiente a que cada farmacéutico matriculado en la Provincia de Buenos Aires logre tener su farmacia propia, droguería, laboratorio cosmético o laboratorio de productos médicos que le permita ejercer la profesión en forma independiente.

VER LA RESOLUCIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN 2026 DEL PROGRAMA

La Plata, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

Que por Asamblea Anual Ordinaria del año 2020 se ha aprobado el Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses por el cual se crea un programa para impulsar medidas, herramientas y acciones tendientes a que cada farmacéutico matriculado en la Provincia de Buenos Aires logre tener su farmacia propia, droguería, distribuidora, laboratorio cosmético o de productos médicos que le permita ejercer la profesión en forma independiente.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses establece los montos de la ayuda que se le otorgará a cada solicitante, en caso que el mismo cumpla con los requisitos exigidos por el citado Reglamento;

Que el artículo 7° in fine del Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses establece que los importes de la ayuda que se otorgarían podrán ser actualizados y/o revisados cada 6 meses, según los datos de Índice de Precios al Consumidor e inflación proporcionados por el INDEC;

Que es menester reestablecer el monto de la ayuda económica que se otorgará a cada farmacéutico solicitante, ya que los valores establecidos oportunamente han quedado desactualizados en relación a la realidad socio económica que vivencia nuestro país actualmente;

POR ELLO,

EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DEL
COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Actualizar los valores de las ayudas establecidas en el art 7° del Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses aprobado por la Asamblea General Ordinaria del año 2020 siendo, a partir de la aprobación de la presente, los que se detallan a continuación:

a)    Para farmacias se otorgará hasta un tope de pesos $ 6.000.000 millones (pesos seis millones)

b)    Para droguerías y/o distribuidoras de medicamentos o productos médicos, cosméticos u otros productos farmacéuticos se otorgará hasta un tope de pesos $ 9.600.000) millones (pesos nueve millones seiscientos mil)

c)    Para laboratorios de cosméticos, medicamentos, productos médicos u otros productos farmacéuticos se otorgará hasta un tope de pesos $ 13.800.000) millones (pesos trece millones ochocientos mil)

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN NRO. 14/25

Los requisitos para poder acceder al Programa Emprendedores Bonaerenses son los siguientes:
  1. Tener una antigüedad en la matrícula de por lo menos 6 meses.
  2. Encontrarse al día con la cuota de matriculación y demás adicionales, no poseer sanción ética-disciplinaria pendiente de cumplimiento.
  3. Presentar su declaración jurada de ganancias.
  4. Constituir un domicilio legal a los efectos de las notificaciones por parte del colegio.
  5. Presentar seguro de vida y seguro de incendio a favor del Colegio para el caso que sea beneficiario de la ayuda económica.
  6. Abonar un gasto administrativo de 5% para cubrir los gastos de la operatoria.
  7. Para el caso de instalación de farmacias en localidades donde no haya servicio o donde haya una necesidad sanitaria deberá luego de su habilitación adherirse al Sistema unificado de prestaciones farmacéuticas para brindar servicio a la población.
  8. La devolución de la ayuda económica para el emprendimiento la realizará en los 36 meses posteriores a la habilitación del establecimiento a través del Sistema Unificado o del pago de su matrícula

Las inscripciones deben realizarse desde el día 01/01/2026 hasta el 31/01/2026, en el marco de lo establecido en el Reglamento de Emprendedores Farmacéuticos Bonaerenses aprobado por Asamblea General Ordinaria del año 2020 y la resolución 9/24 del Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.

La inscripción debe realizarla a través de la plataforma COLFARMA  TAD

ACCEDER A COLFARMA TAD AQUÍ

Podés acceder a la solicitud inscripción apoyo emprendedores

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Para conocer más sobre el Programa

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Cualquier consulta al respecto puede contactarse a asesorialetrada@colfarma.org.ar