Colegas, la Obra Social informa que habilitó la Autorización mediante un sello para los casos en que los afilados excedan la cantidad del tope de recetas mensuales. Dicho sello tendrá la particularidad de no contar con la firma del personal autorizante, el mismo podrá encontrarse en la receta original, o bien en la fotocopiada de la receta.

Es importante aclarar que la dispensa de las recetas autorizadas con el sello, se deberá efectuar como el resto de las recetas autorizadas, es decir, a través de “Declaración de Dispensa”

-Para ver Norma de Atención y modelo del sello (Clic Aquí)

Información N° 47/2021 (15/07)