OSPSIP
Obra Social del Personal de Seguridad Comercial, Industria e Investigaciones Privadas
Cod. O.S. 11026
NORMA DE ATENCIÓN : (ULTIMA MODIFICACION) ENERO 2026
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

Se reconocerán todos los medicamentos prescritos por nombre genérico, de venta bajo receta, que figuren en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con exclusiones ya limitadas en colfarmaonline. (ver exclusiones al pie)
PRODUCTOS POR RECETA: hasta 2 de igual o distinto principio activo.
MEDICAMENTOS POR RENGLÓN : hasta 2
INYECTABLES: envase indiv.: 6 multidosis: 1
TAMAÑOS POR RECETA: uno grande o mediano por receta.
En caso de única presentación será considerado chico.
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Recetario Oficial de la Obra Social: completo en forma manuscrita con firma y sello médico en original (ver muestra al pie).
Recetario Electrónico: Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra, número de receta y/o QR. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de beneficiario, Nº de DNI del beneficiario, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración.
Las recetas deben indicar que fueron firmadas electrónicamente o digitalmente por el profesional prescriptor (la firma electrónica sustituye legalmente a la firma ológrafa).
Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS:
– Nombre y Apellido del paciente.
– Nº de DNI del beneficiario.
– Nº de beneficiario.
– Medicamentos recetados y cantidad de cada uno.
– Forma farmacéutica y potencia de cada producto prescripto.
– Firma y sello con número de matrícula del profesional.
– Fecha de prescripción.
– Diagnóstico.
– Si el número de beneficiario estuviera incorrecto la farmacia deberá escribirlo en el margen superior de la receta sin necesidad de salvarlo con firma y sello. (NO válido para recetas electrónicas/digitales)
– Los odontólogos solo pueden prescribir productos relacionados a su especialidad.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
Solicitar al afiliado/tercero la credencial vigente al momento de la dispensa.
Identificación del afiliado: Para la validación se deberá ingresar al validador el “N° de DNI del afiliado” sin puntos ni espacios.
Ejemplo 12.345.678 se deberá ingresar 12345678
DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL BENEFICIARIO:
* Carnet de Obra Social (se debe verificar fecha de vigencia del mismo, ver modelo al pie de la norma)
* DNI del titular o del tercero interviniente
* Receta
* N° de Autorización (en caso de corresponder)
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA:
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
– En el mismo orden en que fueron prescriptos.
– Adheridos con goma de pegar o cinta transparente (no utilizar abrochadora).
– Si no tiene troquel, colocar código de barra o la sigla S/T con firma de conformidad del afiliado.
– Datos del afiliado o tercero (Firma, aclaración, Dni y domicilio).
– Sello y firma de la farmacia.
AUTORIZADOS (con N° de autorización): OSPSIP podrá autorizar productos, tamaños y cantidades que se contrapongan con la presente norma de atención.
El afiliado presentará receta y N° de autorización para cada receta, dicho numero se encontrará consignado en un modelo de autorización de OSPSIP. De momento, no es necesario que esa autorización sea presentada impresa conjuntamente con la facturación, pero en el caso de mostrarla en la farmacia el número que se debe ingresar es el que se indica en el modelo adjunto ( en el campo Observaciones),
Se deberá tipear dicho número en el campo “Nro. Autorización” del validador de Colfarmaonline. El sistema responderá a la validación mostrando el porcentaje Autorizado por OSPSIP.
Para la facturación: Adjuntar comprobante de validación
MODELO DE RECETARIO OFICIAL

MODELOS DE AUTORIZACION
MODELOS DE CREDENCIALES
Digitales:

Físico:

EXCLUSIONES




RESUMEN
Presentación: Mensual
Hasta 45 días corridos a partir de la fecha de dispensa.
CUIT
30-59581699-4
CTRL F: para buscar palabra clave.
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUIWEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648


