OSPRERA AMBULATORIO
Osprera Ambulatorio
Cod. O.S. 11022
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): MAYO 2026
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTOS | O.S. |
| Plan general/Monotributista/Jubilado/Plan materno infantil/Discapacidad/Patologías Crónicas y Anticonceptivos) | Respuesta del Validador |
| Plan tratamiento prolongado | |
|
Declaración de dispensa (Solo recetas autorizadas) |
% Autorizado |
Se reconocerán únicamente los productos, prescriptos por nombre genérico. Los productos cubiertos con su respectivo porcentaje serán los informados según “Respuesta del validador”.
PATOLOGIAS CRONICAS Y ANTICONCEPTIVOS:
Pacientes crónicos y/o con requerimiento de anticonceptivos que figuren empadronados para tal fin en el sistema de validación online.
En caso de que un paciente no figure habilitado en dicho sistema con cobertura diferencial y así lo requiera, debe ser derivado a OSPRERA para su empadronamiento.
AUTORIZACIONES ESPECIALES: Solo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, cuando se hallen autorizadas por alguna de las siguientes personas en la receta o bien vía fax que la Farmacia deberá adjuntar a la receta:
· Arias Sabrina
. Colodro, Gastón
. Correale Verónica
· Dra. Fernández Montes, Marcela
Tope de cobertura:
Sin tratamiento prolongado: (Respuesta del validador)
Renglones por receta: Hasta 3 (tres)
Envases por renglón: 1 (uno)
Con tratamiento prolongado: (Respuesta del validador)
Renglones por receta: Hasta 3 (tres)
Envases por renglón: Hasta 2
*La receta debe indicar la frase “tratamiento prolongado o su equivalente o abreviaturas.
IMPORTANTE:
| Cuando el médico: | Debe entregarse: |
| * No especifica cantidades | * El envase de menor contenido. |
| * Sólo indica la palabra “grande” | * La presentación siguiente a la menor. |
| * Equivoca la cantidad y/o contenido | * El tamaño inmediato inferior al indicado. |
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
· Prescripción tradicional (manuscrita) propiamente dicha.
· Recetarios digitales oficiales de OSPRERA con firma y sello digital de acuerdo a los requisitos de identificación de cada receta según reglamentación vigente.
· Recetarios electrónicos o digitales de otros prestadores con firma y sello digital que cumplan con requisitos de identificación de cada receta (código de barra, número de receta, QR, etc.) según reglamentación vigente.
· Oficial de la entidad de autogestión (Modelo al pie).
· Recetario UMA (Modelo al pie ).
· Recetarios electrónicos o digitales (prescripción pre-impresa ya sea total o parcial) sin los requisitos de identificación antes mencionados pero que contengan firma y sello original del profesional.
En el caso de los recetarios electrónicos / digitales es obligatorio grabar el número del recetario correspondiente al validarlas y presentar la receta impresa.
Datos que deben figurar en la receta (de puño y letra o pre-impresos, según corresponda):
· Denominación de la entidad.
· Nombre y apellido del paciente.
· Número de afiliado.
· Medicamentos recetados por principio activo. Podrá indicar una marca sugerida, y el profesional farmacéutico sustituirla por una especialidad medicinal que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades incluida en el Vademécum. En esos casos, el socio deberá firmar en conformidad por el reemplazo.
· Cantidad de cada medicamento.
· Firma y sello con número de matrícula y aclaración.
· Fecha de prescripción.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
-El farmaceutico podrá salvar en número de afiliado cuando sea poco legible o esté incompleto en recetarios manuscritos, con conformidad del afiliado.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días desde la fecha de prescripción e incluyendo la misma.
Aclaración: Los recetarios oficiales tienen una validez de 30 días entre la emisión por la Boca de expendio y la fecha de prescripción.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
IDENTIFICACION DEL AFILIADO: Credencial (ver muestra al pie de la norma).
Se deberá ingresar el número de DNI (sin guiones, puntos ni barras) Ej.: 12.345.678 ingresar: 12345678
AUTORIZACIONES ESPECIALES: se deberán dispensar por declaración de dispensa.
- Para el cobro se presentará la receta (con el sello de la farmacia y firma) junto al comprobante de validación (donde figuren todos los datos de la dispensa) con la firma y datos del afiliado o tercero y autorización en caso que lo requiera.
- Se deberá colocar en la receta el número de orden correspondiente y presentarse numeradas en forma correlativa.
- Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción; Incluyendo el código de barras, si lo hubiera; se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras).
- Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas); sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel; sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no; sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto, presentación y lote. No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel.
MODELOS DE RECETARIOS
Modelo de recetario oficial: Modelo de Recetario UMA:
Modelo de Recetario AUTOGESTIÓN:
MODELOS DE CREDENCIALES
RESUMEN
Planilla: Carátula On Line
Cantidad: Una
Presentación: Mensual
CUIT
30-59766504-7
CTRL F: para buscar palabra clave
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUIWEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648





