OSPPRA
Obra Social del Personal de Prensa de la República Argentina
Cod. O.S. 11720
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): AGOSTO 2023
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires CARATULA SIN VALIDAR
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO: | O.S. | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Plan Ambulatorios | 40% | El resto | Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluyendo droga, concentración y forma farmacéutica, de venta bajo receta y con troquel incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con las siguientes exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico: Venta Libre – Cosmeticos – Antiacneicos – Antiacneicos antipruriginoso – leches maternizadas – vacunas
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| Plan Patologías Crónicas | 70% | El resto | Reconoce para éste Plan, todos los medicamentos prescriptos por nombre genérico, incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, previa autorización de OSPPRA.
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| Plan Medicamentos Especiales | 100% | —- | Reconoce todos los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluidos en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con el 100% de cobertura, en receta autorizada por OSPPRA Central.
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| Plan Materno Infantil | 100% | —- | Para la madre y el bebé se reconocerán todos los medicamentos incluidos en el Manual Farmacéutico, con cobertura 100%, previa autorización de OSPPRA. No se reconocen leches maternizadas (excepto aquellas que se encuentren autorizadas por OSPPRA).
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| Plan Discapacidad | 100% | —- | La Obra Social podrá autorizar todo expendio que se contraponga con la siguiente Normativa, debiendo efectuar la dispensa con el descuento correspondiente al Plan. |
VALIDO PARA TODOS LOS PLANES: El expendio de todo medicamento cuyo precio de venta al público sea mayor a $1.500, deberá contar con autorización expresa de OSPPRA Central.
IMPORTANTE:
La Obra Social podrá autorizar todo expendio que se contraponga con la siguiente Normativa, debiendo efectuar la dispensa con el descuento correspondiente al Plan.
Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto principio activo.
UNIDADES POR RENGLÓN: 1 (un) sólo producto por renglón. Más de un envase, con leyenda “Tratamiento Prolongado”.
TAMAÑOS POR RECETA: 1 (un) sólo envase grande o mediano por receta, con leyenda “Tratamiento Prolongado”. Si no indica, dispensar el menor.
Antibióticos Inyectables: Multidosis: 1 (uno), Individual: 5 (cinco
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Oficial: El recetario oficial de OSPPRA es impreso en magenta y blanco, con leyenda “OSPPRA” en su margen superior izquierdo. Posee una validez según sello al dorso.
Particular: Son válidos también los recetarios particulares, SAMO, de Sanatorios, Agremiación y Federación.
En caso de autorizaciones por parte de la obra social via mail, en dichos recetarios particulares/SAMO, de Sanatorios, Agremiación y Federación deberán estar acompañadas con su original.
Confección de la receta:
1- Fecha de emisión, edad y sexo.
2- Número de beneficiario y categoría (nunca en trámite), ni otro número que no sea el del carnet de OSPPRA.
3- Apellido y Nombre del afiliado.
4- Firma y sello del profesional con número de matrícula.
5- La prescripción del médico, por nombre genérico, debe incluir forma farmacéutica, unidades por envase, concentración.
6- DIAGNOSTICO: Se aceptan siglas de OMS, CIE 10.
7- Igual tinta y letra.
8- Salvados y aclaraciones: deben ser realizados al frente o al dorso de la receta.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 (treinta) días corridos desde su prescripción
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA:
- Adjuntar ticket fiscal o comprobante de validación donde consten los precios unitarios y totales.
- Sello y firma de la farmacia.
- Firma del afiliado o tercero interviniente, aclarando la persona que retira nombre completo.
- Las enmiendas de precios deberán ser salvadas por el farmacéutico y por la persona que retira los medicamentos.
CARNET DE AFILIACIÓN:
El carnet es color azul y blanco con logo de OSPPRA.
Quien retira los medicamentos deberá presentar el carnet actualizado de la Obra Social del afiliado titular de la receta. No es válido el carnet Sindical u otra documentación.
Al firmar la receta, el afiliado o tercero, aclarará su firma y colocará tipo y número de documento, dirección y teléfono.
RESUMEN
Planilla: Carátula On Line
Cantidad: 1 (una)
Presentación: Mensual
Facturación: Todos los Planes por separado.
CUIT
30-60131285-5
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648

