O.S.P.I.F.
Obra Social del Personal de la Industria Fideera
Cod. O.S. Abril 10790
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): JUNIO 2023
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO | O.S. | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Plan General | Respuesta del validador | Esté plan integra las coberturas de productos del segmento ambulatorio, Plan Materno Infantil y Patologías Crónicas. La Respuesta de la cobertura la emite el validador, según la condición del afiliado. | |
| Autorizados | % emitido en la Autorización | Se debe validar a través del Plan “Declaración de Dispensa”, la Obra Social podrá autorizar todo expendio que se contraponga con la presente norma (ej.: mayores cantidades, medicamentos excluidos, mayores coberturas, etc.). | |
RENGLONES POR RECETA: Hasta tres.
UNIDADES POR RENGLÓN: Respuesta del validador
Antibióticos inyectables: Monodosis: 5 ampollas individuales por receta
RECONOCIMIENTO DE TAMAÑO: Respuesta del validador
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
OFICIAL: SI
PARTICULAR: Para todos los Planes (Excepto PMI, que solo acepta el recetario Oficial) se aceptaran recetarios particulares: (Agremiación Medica, Médicos particulares, Etc). En el caso que el recetario no tenga el nombre de la entidad, el mismo debe ser escrito de puño y letra por el médico prescriptor.
No se aceptan recetarios sin membrete, ni de publicidades de medicamentos.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
Las autorizaciones deberán ser mediante Firma y sello al dorso de la receta o bien mediante Formulario de Autorización. Siempre las autorizaciones deben contener el % de autorización y estar autorizadas por alguna de los siguientes personas:
-Guillermo F. Cisterna (Presidente)
-Elena Verdúm (Secr. de Accion Social)
-Dr. Martin Hansen (Auditor Medico – MN 78846)
Al momento de validar, la Farmacia deberá ingresar en el campo N° de Afiliado los dígitos que figuran en el documento de identidad (DNI, LC o LE) del Afiliado, sin ingresar puntos, guiones ni barra, tal muestra el siguiente ejemplo.
Ej: 12.345.678 (D.N.I) – 12345678 (Ingreso en el Validador)
Importante:
En toda receta dispensada debe figurar el diagnóstico, la falta del mismo será motivo de débito.
Cada Prescripción Médica debe abrocharse con el comprobante de validación.
Para la dispensa el afiliado deberá presentar credencial, receta y documento de identidad.
Los datos del beneficiario (Nombre, Apellido y Nº de asociado) consignados en la prescripción médica deben coincidir con los datos consignados en el comprobante de validación.
Debe contar con la firma y sello aclaratorio del profesional prescriptor.
Fecha de emisión de la receta.
La prescripción del Profesional Médico, debe estar de puño y letra con la misma tinta con la que firma.
ODONTÓLOGOS: Sólo podrán prescribir medicación relacionada a su profesión.
La Farmacia deberá cumplimentar los siguientes datos:
– Fecha de dispensa
– Adherir los troqueles de acuerdo al orden de la prescripción. Los mismos deberán ser colocados con adhesivo/goma de pegar.
– Sello de Farmacia y firma del Farmacéutico
– Adjuntar comprobante de validación debiendo figurar en el mismo el número de afiliado y el número de validación On Line.
– El afiliado o tercero interviniente deberá colocar firma, aclaración y número de documento.
MODELO DE CREDENCIAL
MODELO DE RECETARIO
RESUMEN
Planilla: Carátula On Line
Cantidad: Una
Presentación: Mensual
Plazo para la facturación: 45 días corridos contados a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma.
Re-facturación: 30 días corridos a partir de recibir las recetas.
CUIT
30-53204060-0
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648



