La Obra Social recuerda que todo medicamento excluido de la Norma de Atención, mayor cantidad o mayor cobertura, se podrá dispensar siempre con previa Autorización de la Obra Social, la cual puede ser de dos maneras:

1°- Mediante sello y firma del Médico Auditor en original o enviadas por medios electrónicos o fax. Esta opción se deberá validar en el Plan Autorizados, en el porcentaje correspondiente.

2°- A través del Sistema de validación On Line, donde la Obra Social carga en el sistema la misma.

Es importante aclarar que, ante la presentación de recetas donde el Afiliado mencione que está Autorizada la prescripción, primero se deberá verificar en el sistema si está o no cargada la misma. Caso contrario, deberá contar con el sello y firma del médico auditor.

 

Información N° 58/2021 (23/09)