Se informa que la Obra social podrá autorizar cualquier producto, cantidad, tamaño, etc. que se contraponga con la norma de atención. Dicha autorización se deberá validar a través del sistema Colfarmaonline en el plan “Autorizados”.

Cuando la Obra social autorice una receta, se deberá cargar el campo “Nro. Autorizacion” con el N° de la Autorización que informe el Afiliado, tal como lo muestra la siguiente imagen:

El sistema validará el porcentaje de cobertura determinado por la autorización Ospepba.

– Para ver Norma de atención, Clic aquí.

Información Nº 42/2025 (04/09)