O.S.P.A.G.A.
Obra Social del Personal de Aguas Gaseosas y Afines
Cod. O.S. 10100
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): OCTUBRE 2024
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires CARATULA SIN VALIDAR
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO | OS | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Af. Directo: | 40% | Resto | Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público |
| Monotributista: | 40% | Resto | Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público |
| Adherentes: | 40% | Resto | Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público |
| PMI: | 100% | Resto | Se reconocerán los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en VADEMECUM de OSPAGA, solamente autorizados por el Dr EDGARDO A. VALENZUELA (MP 444780/MN 89509). La cobertura incluye medicamentos que tengan relación al embarazo desde la denuncia de este y hasta 30 días después del parto. Y al niño hasta el año de vida. |
| Autorizados | 40% / 70% / 100% | Resto | Se reconocerán los medicamentos del vademécum o fuera del mismo autorizados por el Dr EDGARDO VALENZUELA (MP 444780/MN 89509) a través de un voucher a los distintos porcentajes 40% 70% ó al 100% para Patologías crónicas, Vacunas Inyectables (excepto antitetánica) y Leches Medicamentosas. La fecha de validez de la receta se toma desde la fecha de prescripción. |
Todo medicamento excluido del vademécum se podrá dispensar solamente con previa autorización del Dr. Edgardo A. Valenzuela (MP 444780/MN 89509).
Cantidad POR RECETA: Hasta 3 (tres).
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2(dos) chicos
Antibióticos iny.:
Envases de 1 (una) ampolla: hasta 5 (cinco) unidades
Envases de 2 (dos) ampollas: hasta 3 (tres) unidades
Envases de 3 (tres) ampollas: hasta 2 (dos) unidades
Envases de 4 (cuatro) ampollas: hasta 1 (una) unidades
RECONOCIMIENTOS DE TAMAÑOS: 1 (uno) envase grande o mediano, por receta si se encuentra prescripto como tal. Se considera tamaño grande a la presentación mayor que se incluye en el Vademécum.
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Recetario Particular Médico e Instituciones:
– MÉDICO PARTICULAR con Membrete Preimpreso.
– DE INSTITUCIONES (Hospitales, Sanatorios, etc) con su membrete, (a fin de su identificación deberá escribir la sigla O.S.P.A.G.A.).
– NO se aceptarán recetarios de PROPAGANDA MÉDICA.
Recetario Electrónico:
Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como por ejemplo: código de barra, número de receta. Donde el sello y la firma del profesional prescriptor también estarán en formato digitalizado o en original. Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
Datos en las recetas:
– Nombre de la Obra Social.
– Nombre y apellido del afiliado/a.
– Número de afiliado completo.
– Fecha de Prescripción.
– Medicamentos recetados por nombre genérico, con la cantidad de cada uno en números y letra, con aclaración de monodroga, dosis y forma farmacéutica.
– Diagnóstico.
– Firma y sello del prescriptor.
· El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.
· No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido.
· Odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad.
· No se reconocerán. medicamentos que no tengan relación con la edad y sexo del paciente.
A las recetas siempre se le deberá Adjuntar comprobante de dispensa donde consten los precios unitarios, a cargo del afiliado, obra social y totales firmado por el Afiliado o tercero interviniente.
MODELOS DE CREDENCIALES
Las credenciales se identificarán con la leyenda del PLAN al que correspondan
RESUMEN
Planilla: Única
Cantidad: 1 (una)
Presentación: MENSUAL
CUIT
30-66128514-2
CTRL F: para buscar palabra clave.
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648


