O.S.P.A.G.A.

Obra Social del Personal de Aguas Gaseosas y Afines

Cod. O.S. 10100

NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): OCTUBRE 2024

COBERTURA DEL SERVICIO

Toda la provincia de Buenos Aires                                                                                                                                                                    CARATULA SIN VALIDAR


DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

DESCUENTO OS AFILIADO OBSERVACIONES
Af. Directo: 40% Resto Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público
Monotributista: 40% Resto Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público
Adherentes: 40% Resto Se reconocerán todos los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en el VADEMECUM de OSPAGA con una Cobertura del 40% del precio público
PMI: 100% Resto Se reconocerán los medicamentos (prescriptos por nombre genérico) que figuren en VADEMECUM de OSPAGA, solamente autorizados por el Dr EDGARDO A. VALENZUELA (MP 444780/MN 89509). La cobertura incluye medicamentos que tengan relación al embarazo desde la denuncia de este y hasta 30 días después del parto. Y al niño hasta el año de vida.
Autorizados 40% / 70% / 100% Resto Se reconocerán los medicamentos del vademécum o fuera del mismo autorizados por el Dr EDGARDO VALENZUELA (MP 444780/MN 89509) a través de un voucher  a los distintos porcentajes 40%  70% ó al 100% para Patologías crónicas, Vacunas Inyectables (excepto antitetánica) y Leches Medicamentosas. La fecha de validez de la receta se toma desde la fecha de prescripción.

 

Todo medicamento excluido del vademécum se podrá dispensar solamente con previa autorización del Dr. Edgardo A. Valenzuela (MP 444780/MN 89509).

Cantidad POR RECETA: Hasta 3 (tres).
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2(dos) chicos
Antibióticos iny.:
Envases de 1 (una) ampolla: hasta 5 (cinco) unidades
Envases de 2 (dos) ampollas: hasta 3 (tres) unidades
Envases de 3 (tres) ampollas: hasta 2 (dos) unidades
Envases de 4 (cuatro) ampollas: hasta 1 (una) unidades

RECONOCIMIENTOS DE TAMAÑOS: 1 (uno) envase grande o mediano, por receta si se encuentra prescripto como tal. Se considera tamaño grande a la presentación mayor que se incluye en el Vademécum.


TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS

Recetario Particular Médico e Instituciones:
– MÉDICO PARTICULAR con Membrete Preimpreso.
– DE INSTITUCIONES (Hospitales, Sanatorios, etc) con su membrete, (a fin de su identificación deberá escribir la sigla O.S.P.A.G.A.).
– NO se aceptarán recetarios de PROPAGANDA MÉDICA.

Recetario Electrónico:
Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como por ejemplo: código de barra, número de receta. Donde el sello y la firma del profesional prescriptor también estarán en formato digitalizado o en original. Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.

– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.


VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION

30 días.


DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION

Datos en las recetas:
– Nombre de la Obra Social.
– Nombre y apellido del afiliado/a.
– Número de afiliado completo.
– Fecha de Prescripción.
– Medicamentos recetados por nombre genérico, con la cantidad de cada uno en números y letra, con aclaración de monodroga, dosis y forma farmacéutica.
– Diagnóstico.
– Firma y sello del prescriptor.

·         El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.
·         No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido.
·         Odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad.
·         No se reconocerán. medicamentos que no tengan relación con la edad y sexo del paciente.

A las recetas siempre se le deberá Adjuntar comprobante de dispensa donde consten los precios unitarios, a cargo del afiliado, obra social y totales firmado por el Afiliado o tercero interviniente.


MODELOS DE CREDENCIALES 

Las credenciales se identificarán con la leyenda del PLAN al que correspondan


RESUMEN

Planilla: Única
Cantidad: 1 (una)
Presentación: MENSUAL


CUIT

30-66128514-2


CTRL F: para buscar palabra clave. 

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mail: ayudaonline@colfarma.org.ar /  Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648