OMBA – UTEM
OMBA – ORGANIZACIÓN MEDICA BUENOS AYRES S.R.L. para los afiliados de
UTEM – UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN Y MINORIDAD
Cod. O.S. 905
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): OCTUBRE 2005
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires CARATULA SIN VALIDAR
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto principio activo.
UNIDADES POR TAMAÑO Y POR RENGLÓN:
COMO CO-SEGURO DE IOMA: Lo prescripto en IOMA
COMO SEGURO: Tamaños por receta: 1 (un) solo envase grande o mediano por receta si se encuentra prescripto como tal.
Productos por renglón: 1 (uno) solo producto por renglón Antibióticos Inyectables: Individual: 5 (cinco) – Multidosis: 1 (uno)
RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
UTEM actúa como Coseguro de IOMA, reconociendo todos los medicamentos prescriptos por nombre genérico, incluídos en su Formulario Terapéutico, con una cobertura de hasta el 50% del Monto Fijo establecido en el mismo. Si el medicamento es de USO NORMATIZADO deberá constar la autorización del Instituto en la fotocopia de la receta de IOMA que se debe adjuntar. Si la receta no estuviera autorizada, NO SERÁ RECONOCIDA por UTEM.
Si el medicamento no se encuentra incluído en el Formulario Terapéutico de IOMA, será reconocido por UTEM, con una cobertura del 25% a su cargo, con las exclusiones que se detallan al pié:
El Sr. Sergio D. Mazzuchini, podrá autorizar mediante firma y sello de la Institución, todo expendio que se contraponga con la presente Norma.
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Particular: NO
Oficial : SI-Fondo blanco-impreso en negro
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días entre la fecha de prescripción y la fecha de dispensa.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
- No se reconocerán medicamentos que no tengan relación con la edad y/o sexo del paciente.
- El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.
- Odontólogos: sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad.
- No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido.
Como Co-seguro se consignará el Nº de troquel correspondiente y la fotocopia de la receta de IOMA ya facturada y con los troqueles adheridos.
Como seguro: SI (Completo con Nº y Cód. de barra)
Para la facturación: Valorizar la receta con los precios unitarios y totales
EXCLUSIONES
Alimentos y /o Productos dietéticos
Anorexigenos / adelgazantes
Anovulatorios / Anticonceptivos
Antihemofílicos
Citostáticos / oncológicos
Coadyuvantes de terapia antineoplásica
Champúes medicinales
Estimulantes de la Eritropoyesis
Fórmulas magistrales
Gammaglobulinas específicas
HIV / SIDA
Hormonas de crecimiento
Inductor de ovulación y/o espermatogénesis
Inmunosupresores / Inmunoestimulantes
Interferones inyectables
Insulinas
Jabones medicinales
Leches
Pantallas o filtros Solares
Pastas dentales
Productos sin troquel
Productos para estudios radiotomográficos
Medicamentos de Internación y/o Uso Hospitalario
Medicamentos para la Disfunción sexual masculina
Tiras reactivas
Vacunas Antimeningitis-Antihepatitis-Antimeningocóccicas y las del Calendario Oficial.
Venta Libre
RESUMEN
Planilla: Carátula Única
Cantidad: Una
Presentación: Quincenal
CUIT
30-70816601-0
CTRL F: para buscar palabra clave.
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUI
WEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648

