O.S.P.I.V.
Obra Social del Personal de la Industria del Vestido
Cod. O.S.10962
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): OCTUBRE 2024
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO | O.S. | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Común | 40% | 60% | Se reconoce para este plan los medicamentos de venta bajo receta, prescriptos por nombre genérico, que se encuentren incluidos en el Vademécum de O.S.P.I.V. |
| Autorizados | 70% | 30% | La receta debe estar acompañada de una autorización de la Obra Social en original o bien enviada por mail desde la Obra Social. La falta de la autorización, será motivo de débito. |
| Autorizados | 100% | — |
Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA: 2 (dos)
UNIDADES POR RENGLÓN: 1 (uno).
UNIDADES POR TAMAÑO: Hasta 1 grandes o mediano por receta.
Antibióticos inyectables: En envase individual: 5 (cinco) / Multidosis: 1 (uno)
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Recetarios oficiales: fondo blanco, impreso en azul (Modelo al pie).
Recetas Electrónicas:
Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra, número de receta y/o QR. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de afiliado, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración.
Las recetas deben indicar que fueron firmadas electrónicamente o digitalmente por el profesional prescriptor (la firma electrónica sustituye legalmente a la firma ológrafa).
Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días corridos
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
Al momento de validar, la Farmacia deberá ingresar en el campo N° de Afiliado los dígitos del documento de identidad (DNI, LC, LE) del Afiliado, sin ingresar puntos, ni guiones, ni barra, tal muestra el siguiente ejemplo: Ej: 12.345.678 (DNI), 12345678 (Ingreso en el Validador)
El afiliado deberá presentar en el momento del expendio el carnet vigente, documento de identidad para verificar la prescripción.
Para la facturación: Adjuntar comprobante de validación
MODELOS DE RECETARIOS
FRENTE RECETA OFICIAL DORSO RECETA OFICIAL
MODELO DE AUTORIZACION

RESUMEN
Planilla: Carátula On Line
Cantidad: una
Presentación: Mensual
CUIT
30-62703806-9
CTRL F: para buscar palabra clave.
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648



