JUSTICIA NACIONAL
Mutual del Personal de la Justicia Nacional
Cod. O.S. 9830
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): Mayo 2025
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
Solo actúa como Co-seguro de Poder Judicial
| Para Afiliados Activos: | ||
| Poder Judicial | 70% | |
| Justicia Nacional | 30% | Justicia Nacional reconoce como Co-seguro, un porcentaje del 30% (treinta por ciento) pero se aplicará, para dicha cobertura, un tope de $ 9.000- por cada unidad farmacológica. |
Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS POR RECETA: Un envase por Rp. La Mutual puede restringir la mencionada cantidad de renglones, aplicando en uno de ellos el siguiente sello: “Renglón inhabilitado”.
UNIDADES POR TAMAÑO: Respuesta del validador.
Antibióticos Inyectables: Envase individual o múltiple: 6 amp. – Multidosis: 1 amp.
PRODUCTOS NO RECONOCIDOS:
Alimentos en general, Anorexígenos, Antioxidantes, Bioenergizantes, Complejos vitamínicos y polivitamínicos, Citostáticos/Oncológicos, Complementos Dietarios y Nutricionales, Champúes Medicamentosos, Edulcorantes, Energizantes, Energizantes Psicofísicos, Fórmulas Magistrales, Insulinas, Jabones Medicinales, Leches de todo tipo, Lociones Capilares, Productos Dietéticos, Productos para la Esterilidad, Productos para Disfunción Sexual, Productos para la Obesidad, Reconstituyentes y energizantes, Suplementos dietarios, Sustancias esclerosantes.
No se reconocen productos de Venta Libre.
IMPORTANTE: Cuando el producto prescripto se encuentre dentro de la lista de Productos No Reconocidos, el Afiliado deberá tramitar el reintegro en la oficina de Justicia Nacional, quedando a criterio de la misma.
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Los recetarios oficiales son de fondo blanco, impresos en rojo y poseen dos renglones.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
Reconocimiento del Afiliado: La validación se efectuará con el número de afiliado de Justicia Nacional.
-Cuando la Obra Social primaria “Poder Judicial” posea los 3 Rp prescriptos y el Afiliado presente más de una receta del co-seguro, donde se prescriban los mismos medicamentos de Poder Judicial, se deberá efectuar una sola validación, con lo cual se deberá adjuntar a las recetas del co-seguro Justicia Nacional un solo comprobante de validación
– Para la facturación: la Farmacia deberá presentar la receta oficial de Justicia Nacional, la cual puede estar sin completar (en blanco) con la firma y datos del Afiliado o tercero, junto al comprobante de validación que solo deberá contener la firma del Afiliado o tercero. El comprobante de validación deberá contener los datos de la transacción (Código de Validación, Fechas (Prescripción y Dispensa), N° de Afiliado, Nombre y Apellido del Afiliado, N° de Matrícula del Médico Prescriptor y el detalle de la Medicación con el importe total y a cargo).
RESUMEN
Planilla: Carátula On Line
Cantidad: una
Presentación: Mensual
CUIT
30-63165737-7
CTRL F: para buscar palabra clave.
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUIWEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648

