DIRECCION PROVINCIAL DE ACCION SOCIAL para el SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE
Cod. O.S. 10952
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): ENERO 2021
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO: | IOMA | MUTUAL | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Co seguro Común 50% | MF | 50% del resto | resto | En este Plan DPAS actuará como Co-seguro de IOMA cubriendo el 50% del resto no cubierto por IOMA, quedando a cargo del Afiliado el otro 50% no cubierto. |
| Co seguro Autorizado 100% | MF | 100% del resto | — | En este Plan DPAS actuará como Co-seguro de IOMA cubriendo el 100% del resto no cubierto por IOMA, siempre que se trate de una cobertura VIA PROVISION, es decir, en los casos que exista una Resolución de Directorio de la Dirección Provincial (DPAS) en la que se le otorga al afiliado el 100% de cobertura del porcentaje no cubierto por IOMA, para los medicamentos que se detallen en dicha Resolución, la cual se deberá adjuntar al comprobante de validación. |
| Autorizados DPAS 100% | — | 100% | — | DPAS actuará como Obra social Primaria haciéndose cargo del 100% de cobertura, siempre que se trate de una cobertura VIA PROVISION, es decir, en los casos que exista una Resolución de Directorio de la Dirección Provincial (DPAS) en la que se le otorga al afiliado 100% de cobertura para los medicamentos, Accesorios y Fórmulas Magistrales, que se detallen en la Resolución, la cual se deberá adjuntar al comprobante de validación. Retirando los mismos directamente el afiliado en la Farmacia. |
Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS POR RECETA:
UNIDADES POR RENGLÓN: 1 (uno) de distinto principio activo.
UNIDADES POR TAMAÑO: Hasta 2 (dos) grandes, 1 (uno) por Rp.
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES: Monodosis: hasta cinco (05) por receta, Multidosis: uno (01)
RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
Reconoce los medicamentos, prescriptos únicamente por NOMBRE GENÉRICO, consignando la forma farmacéutica, dosis y unidad, incluidos en el Formulario Terapéutico de IOMA Ambulatorio.
No serán reconocidos los medicamentos con cobertura 100% por parte de IOMA.
Los productos que tengan Autorización de IOMA, los medicamentos oncológicos, hormonas de Fertilización, Plan MEPPES y venta libre no tendrán cobertura. Salvo previa autorización de DPAS, la cual se deberá adjuntar al resto de la documentación.
Para el Plan Autorizados DPAS 100%:
Se reconocerán todos los medicamentos, cantidades y tamaños que figuren en la Resolución de Directorio de la Dirección Provincial correspondiente (solamente cuando actúe como Obra social primaria)
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
No se utilizará recetario oficial de Servicio Penitenciario Bonaerense. Para el cobro se elevará el comprobante de validación cumplimentado por el afiliado o tercero que retira (Firma, aclaración, domicilio y DNI) y por el Farmacéutico (Firma y sello) y autorización en el caso de corresponder.
No es necesaria la presentación de la fotocopia de la Obra Social primaria.
Requisitos válidos para la receta de IOMA/SAMO:
— Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
de IOMA/SAMO: 30 días de fecha de prescripción
de IOMA/CRONICOS: 120 días desde la fecha de prescripción.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
RECONOCIMIENTO DEL AFILIADO: En el campo N° de Afiliado de DPAS, siempre se debe ingresas el DNI del mismo, tanto como cuando actué como Obra Social Primaria o co-seguro.
Al momento de validar, el sistema verifica si el Afiliado se encuentra en el padrón. En el caso que el sistema arroje Afiliado inexistente, el mismo se deberá contactar con DPAS para regularizar su situación.
RESUMEN
Presentación: Mensual
Plazo para presentar facturación: 60 días
CUIT
30-71230675-7
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648

