INSCRIPCIÓN 1 AL 15 DE OCTUBRE DE 2025

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, en cumplimiento de su responsabilidad de velar por el bienestar y el ejercicio digno de la profesión farmacéutica, y considerando la situación actual de retraso en el reconocimiento y pago del concepto «bloqueo de título» para los profesionales farmacéuticos que ejercen en el ámbito Hospitalario Provincial, Municipal y Nacional, de acuerdo a las Leyes Provinciales 10471 y 10606, así como las ordenanzas municipales y normativas nacionales correspondientes, establece el presente llamado a concurso para la asignación de Becas a Farmacéuticos Hospitalarios y Residentes en Farmacia Hospitalaria.

Objetivo del Concurso:

El concurso de becas se ha convocado con el objetivo de abordar la inequidad originada por la falta de reconocimiento y/o compensación del pago bajo el concepto de «bloqueo de título» para los profesionales farmacéuticos que trabajan en el ámbito Hospitalario Provincial, Municipal o Nacional en la Provincia de Buenos Aires. Esto se alinea con las leyes y regulaciones vigentes. Además, se busca brindar respaldo económico al colega que, por vocación, ha optado por ejercer su profesión en el entorno hospitalario. Esto permitirá sobrellevar los tiempos que implica el proceso administrativo, garantizando así que su vocación pueda ser respaldada económicamente durante este período.

Este nuevo llamado a concurso extiende la asignación de becas a los residentes de farmacia hospitalaria ante la necesidad de fomentar la formación de especialistas en farmacia hospitalaria a través del sistema de residencias.

Requisitos para Participar:

Los farmacéuticos interesados en optar por estas becas deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser farmacéutico en ejercicio dentro de los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de la Provincia de Buenos Aires, hospitales municipales de los 135 partidos de la Provincia de Buenos Aires, o hospitales nacionales ubicados en el territorio provincial.

2. No percibir en sus haberes el monto correspondiente del Bloqueo de Título según Ley 10606 del Ejercicio Profesional Farmacéutico.

3. Percibir una remuneración bruta mensual por todos los conceptos menor al propuesto por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires para el ámbito privado al poder ejecutivo provincial.

4. Ser residente de farmacia hospitalaria o Jefe de Residencia de Farmacia Hospitalaria del ámbito público de salud y tener vigente el trayecto formativo correspondiente al año en curso.

Clic aquí para ver la DOCUMENTACIÓN PARA EL CONCURSO PARA ASIGNACIÓN DE BECAS A FARMACÉUTICOS HOSPITALARIOS Y RESIDENTES EN FARMACIA HOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
OCTUBRE 2025.

REQUISITOS Y ANTECEDENTES

1 – Designación como Profesional escalafonado (Ley 10.471 u otra): Jefe de Sala / Jefe de Servicio / Jefe de Unidad.

2 – Certificado Ético Profesional vigente. – (Gestión de uso interno).

3 – Último recibo de Sueldo. *

4 – Designación de Ingreso a la Carrera Profesional Hospitalaria (Ley 10.471 u otra): Interino o Planta Temporaria o Residente. *

5 – Dispone vigente, emitido por la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. En caso de no poseer disposición, deberá adjuntar la constancia de ingreso de Trámite de la plataforma (PTF) de la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Bs As.

6 – Declaración Jurada con número de Farmacéuticos asistentes de Hospital y número de camas del Hospital. *

7 – Expediente Papel o Expediente GDEBA, solicitando pago de Bloqueo de Titulo de acuerdo a la Ley 10.606.

8 – Rechazo de Expediente Papel o Expediente GDEBA, por la solicitud del pago de Bloqueo de título de acuerdo a la Ley 10.606.-

9 – Trabajos presentados y aceptados en entidades científicas profesionales de jurisdicción Nacional, Provincial o Municipal, en Congresos y/o Jornadas de nivel Nacional, Provincial o Municipal.

10 – Trabajos Oficiales de Investigación certificados por los respectivos Colegios, Consejos Profesionales, Universidades o Entes Oficiales Nacionales y Provinciales.

11 – Trabajos publicados en revistas nacionales y/o extranjeras incluidas en el INDEX profesional o sus equivalentes.

12 – Constancia con nota de la última aprobación del Examen Escrito Obligatorio – EEO – (solo residentes de segundo y tercer año)

13 – Constancia de cumplimiento del Trayecto de Formación Común del año en curso (solo residentes de segundo y tercer año) *

14 – Docencia: Profesor Titular, Profesor Adjunto y/o Asociado universitarios, Jefe de Trabajos Prácticos Universitarios, Docente Autorizado Universitario, Ayudante Diplomado universitario, Instructor de Residentes.-

15 – Especialidad en Farmacia Hospitalaria otorgada por el CFPBA, por AAFH o Universitaria vigente.-

16 – Declaración Jurada firmada al Otorgamiento de la Beca. (compromiso de informar al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Bs As cualquier modificación en cuanto a su situación Laboral respecto al cobro del bloqueo de título por parte del establecimiento Hospitalario) *

17 – Certificado de Residencia finalizada en Farmacia Hospitalaria, según corresponda

18 – Cuota matrícula al día (Gestión de uso interno por COLFARMA TAD

(*) Se consideran Excluyentes

Proceso de Asignación de Becas:

Presentación de Solicitudes: los interesados deberán presenrtar los documentos requeridos, a través de la plataforma TAD COLFARMA (ver aquí).
Fecha de Inscripción: 1 al 15 de octubre de 2025.
Evaluación por la Comisión de Pares: La Comisión de Pares, designada por el Honorable Consejo Directivo, analizará y evaluará las solicitudes, considerando los criterios establecidos en la Hoja de Calificaciones (Anexo I) y los requisitos de inscripción.
Dictamen y Otorgamiento de Becas: La Comisión de Pares elevará un dictamen al Honorable Consejo Directivo, quien procederá al otorgamiento definitivo de las becas, según el Reglamento de Integración y Funcionamiento de la Comisión (Anexo III).

Duración de las Becas:

Los beneficiarios de las becas podrán percibir el apoyo económico por un período de un año o hasta que reciban el reconocimiento y pago del adicional del bloqueo de título por parte de su establecimiento hospitalario. En el caso de los residentes la renovación será anual o hasta finalizar la residencia.

Esperamos contar con la participación activa de los farmacéuticos interesados en este importante proceso.