COMEI
Obra Social de Seguridad Social para Odontólogos de la Pcia. de Bs. As.

Cod. O.S. 902

NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): MARZO 2026

COBERTURA DEL SERVICIO

Toda la provincia de Buenos Aires                                                                                                                                                                              VALIDACION OBLIGATORIA 


DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

DESCUENTO: Obra social Afiliado
Plan General Respuesta del Validador Resto

 

PRODUCTOS POR RECETA, POR RENGLON, TAMAÑOS ACEPTADOS POR RECETA: Cobertura según respuesta del Validador.
Toda receta que no indica tamaño se deberá dispensar el menor.

RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
El plan General incluye los Planes 1010, 2010, Crónicos, Diabetes, Discapacidad, PMI y Autorizados: se reconocerán los medicamentos prescriptos por nombre genérico determinados por el sistema de validación.

Campaña de Vacunación Antigripal 2026
La Campaña de Vacunación 2026 regirá desde el día 19/03/2026 al 30/06/2026 inclusive, será para todos los Afiliados de la Obra social con una cobertura del 100%. El afiliado deberá ir a la Farmacia con la receta en la cual se encuentre prescripta la vacuna antigripal solamente, la que se deberá validar en el “Plan General”.

Las Vacunas reconocidas serán: AGRIPPAL S1, FLUAD, INFLUVAC e INFLUVAC TETRA, ISTIVAC 4 y EFLUELDA.

RECONOCIMIENTO DE PAÑALES y ROPA INTERIOR DESCARTABLE:
Toda receta autorizada con Pañales o Ropa Interior descartable, se deberá validar en forma obligatoria. Para validar los mismos, se  deberán utilizar los códigos de troqueles (detallados al pie de esta norma).
La validación de los pañales y la Ropa Interior Descartable, se deberá realizar por unidad. El importe de la cobertura lo emitirá el sistema de validación.
Al momento de la facturación, se deberá presentar la receta junto a la autorización emitida por COMEI.
Importante: El valor de los pañales y la ropa interior que emite el sistema de validación, es el importe que abonará COMEI por la dispensa. En el caso que el afiliado desee retirar una marca comercial donde el valor supere el importe que emite el sistema, el afiliado deberá abonar la diferencia, caso contrario se deberá dispensar una marca comercial acorde al valor que emite el sistema de validación.

RECONOCIMIENTO DE ACCESORIOS:
Se podrán aceptar recetas que contengan “accesorios”, siempre que los mismos estén acompañados por la correspondiente autorización, emitida desde COMEI. Al momento de la facturación, la farmacia deberá valorar el accesorio (excepto pañales y ropa interior, que son de validación obligatoria), de acuerdo al margen de rentabilidad que considere. Todas estas recetas, se deberán presentar a través de la “Caratula Manual” en el Plan “Autorizados Accesorios”, hasta que se establezca la validación de los mismos.


TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS

Serán válidos todos los recetarios: de cualquier entidad, hospitales, consultorios, particulares, etc. Con las características detalladas a continuación:

Recetas prescriptas en original, donde el sello y la firma del profesional prescriptor deberán estar también en original. La tinta de la prescripción debe coincidir con la firma del prescriptor.

Recetas Electrónicas:
Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra, número de receta y/o QR. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de afiliado, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración.
Las recetas deben indicar que fueron firmadas electrónicamente o digitalmente por el profesional prescriptor (la firma electrónica sustituye legalmente a la firma ológrafa).

Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.

– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.

–  En el caso que el Número del Afiliado en la receta sea ilegible o no corresponda con el de la credencial (siempre y cuando coincida el Nombre), el Farmacéutico podrá corregir el mismo, siendo avalado con la firma y aclaración del Afiliado o tercero.


VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION

30 días corridos de la fecha de prescripción.


DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION

Cuando la Obra social autoriza una receta, se deberá cargar el campo “Nro. Expediente” con el N° de la Autorización, tal muestra la siguiente imagen. Siempre la autorización se deberá adjuntar a la receta.
El sistema de validación emitirá el porcentaje Autorizado.

TROQUELES: Se deberán adjuntar De acuerdo a la orden de prescripción, incluyendo el código de barras, adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras).

– El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.
– Se aceptan prescripciones pre-impresas siempre y cuando la firma del médico prescriptor este de puño y letra.
– Los Odontólogos solo podrán prescribir Antiinflamatorios y Antibióticos, relacionados con su profesión.
– No se podrá realizar la auto-prescripción de recetas.

Para la facturación: Adjuntar comprobante de validación firmado por el Afiliado o tercero que retire la medicación. En el caso que no se adjunte dicho comprobante se deberá valorizar la receta incluyendo los precios totales, unitarios, monto a cargo de la Obra social y del Afiliado.

Toda receta no presentada en el mes correspondiente, deberá ser presentada en el mes siguiente, pasado dicho plazo será debitada.

En la receta deben figurar los siguientes datos del Profesional Prescriptor:
– Número de afiliado
– Apellido y nombre del paciente
– Fecha de prescripción
– Diagnóstico médico.
– Nombre genérico del medicamento.
– Cantidad y tamaños, dosis indicada.


CÓDIGOS DE PAÑALES Y ROPA INTERIOR DESCARTABLE


RESUMEN

Presentación: Mensual


CUIT

30-66569246-5


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 Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:

mail: ayudaonline@colfarma.org.ar /  Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648