Ante débitos recibidos por recetas que no cuentan con la Autorización correspondiente, se recuerda que existen dos métodos de Autorización por parte de la Obra Social:
* La Obra Social puede autorizar recetas a través de sello y firma, vía mail o fax (en estos dos últimos casos, el Afiliado deber tener impresa la autorización). En todos los casos deben estar aclarados los productos con sus respectivos porcentajes de cobertura, para luego validar en el plan del porcentaje correspondiente.
* La Obra Social puede Autorizar recetas en forma On line, la cual tiene la particularidad de no contar con firma y sello de Autorización. Para la dispensa, el afiliado deberá presentar la receta y el código de autorización, que contiene 6 dígitos. Al momento de la validación, dicho código se deberá cargar en el campo N° de Autorización en el plan “Autorizados On line”.
– Para ver Norma de Atención (Clic Aquí).
Información N°61/2021 (14/10)

