Ante débitos recibidos, se recuerda que solamente se deberán validar en los Planes Autorizados, las recetas que cuenten con la autorización correspondiente.
Completando la información, recordamos que existen dos métodos de Autorización de recetas, las cuales se detallan a continuación:
- La Obra Social puede autorizar recetas a través de sello y firma, vía mail o fax (en estos dos últimos casos, el Afiliado deber tener impresa la autorización). En todos los casos deben estar aclarados los productos con sus respectivos porcentajes de cobertura, para luego validar en el plan del porcentaje correspondiente (40%, 50%, 60%, 70% o 100%). Caso contrario será motivo de débito.
- La Obra Social puede Autorizar recetas en forma On line, la cual tiene la particularidad de no contar con firma y sello de Autorización. Para la dispensa, el afiliado deberá presentar la receta y el código de autorización, que contiene 6 dígitos. Al momento de la validación, dicho código se deberá cargar en el campo N° de Autorización en el plan “Autorizados On line”, la cobertura la emitirá el sistema, la cual fue cargada por la Obra Social.
-Para ver Norma de Atención (Clic aquí).
Información N° 19/2022 (10/03)

