Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT sobre productos COSMETICOS Y DOMISANITARIOS

PRODUCTOS COSMETICOS

ANMAT prohíbe distintos productos para el cabello de la marca “KETARIN LISS»

Se trata de productos cosméticos que no cuentan con la inscripción sanitaria correspondiente.

23 de enero de 2026

ANMAT informa que, mediante la Disposición 96/2026, se prohibió el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos cosméticos de la marca KERATIN LISS.

  • Botox Capilar Revitalización total del cabello
  • Alisado Definitivo
  • Alisado Thermal Japonés
  • Alisado 3D Plastificado
  • Shock de Keratina
  • Shampoo Neutro

La medida fue tomada luego de verificar que se trata de productos ilegítimos no inscriptos ante esta Administración Nacional y aplica para todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, hasta tanto se encuentren regularizados.

Los alisadores para cabello que se comercializan sin las autorizaciones necesarias presentan un serio riesgo para la salud ya que podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante, sustancia no permitida por sus efectos tóxicos y nocivos sobre los usuarios y quienes lo aplican.

Por ello, esta Administración Nacional decidió prohibir en todo el país los productos mencionados, con el objetivo de proteger a los consumidores ante el riesgo que implica el uso de cosméticos sin autorización sanitaria y potencialmente peligrosos para la salud.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-distintos-productos-para-el-cabello-de-la-marca-ketarin-liss

ANMAT prohíbe distintos productos para el cabello de la marca “LEAGUS COSMETICS»

Se trata de productos cosméticos que no cuentan con la inscripción sanitaria correspondiente.

23 de enero de 2026

ANMAT informa que, mediante la Disposición 95/26, se prohibió el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos cosméticos de la marca LEAGUS COSMETICS:

  • Shampoo con biotina
  • Biotina con B8 y B7
  • Baño de crema bomba nutritiva
  • Acondicionador de biotina
  • Shampoo matizador violeta
  • Shampoo para cabellos negros
  • Protector térmico hialurónico
  • Shampoo neutro
  • Baño de crema colágeno
  • Oro líquido protector térmico
  • Shampoo black
  • Baño de crema proteínas
  • Biotina capilar natural
  • Acondicionador extra ácido
  • Shampoo anti caspa
  • Shampoo súper keratina
  • Baño de crema argán
  • Shampoo neutro
  • Baño de crema plastificado
  • Activador de rulos
  • Ampolla de biotina
  • Lifting capilar
  • Lumi seda efecto shock keratina
  • Alisado queratina plastificado biomolecular
  • Alisado power japonés
  • Encerado efecto keratina
  • Alisado definitivo keratina y caucho
  • Shock de keratina importado
  • Shock de keratina nacional
  • Botox BTX capilar

La medida fue tomada luego de verificar que se trata de productos ilegítimos no inscriptos ante esta Administración Nacional y aplica para todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, hasta tanto se encuentren regularizados.

Los alisadores para cabello que se comercializan sin las autorizaciones necesarias presentan un serio riesgo para la salud ya que podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante, sustancia no permitida por sus efectos tóxicos y nocivos sobre los usuarios y quienes lo aplican.

Por ello, esta Administración Nacional decidió prohibir en todo el país los productos mencionados, con el objetivo de proteger a los consumidores ante el riesgo que implica el uso de cosméticos sin autorización sanitaria y potencialmente peligrosos para la salud.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-distintos-productos-para-el-cabello-de-la-marca-leagus-cosmetics

ANMAT prohíbe distintos productos cosméticos de las marcas “RE!”, “EL ÁRBOL” y “AROMAS DE LA TIERRA”

Se trata de productos cosméticos que no cuentan con la inscripción sanitaria correspondiente.

23 de enero de 2026

ANMAT informa que, mediante la Disposición 94/2026, se prohíbe el uso, la comercialización, la publicidad, la publicación en plataformas de venta en línea y la distribución en todo el territorio nacional de varios productos cosméticos de las marcas “RE!”, “EL ÁRBOL” y “AROMAS DE LA TIERRA”, por carecer de inscripción sanitaria.

La medida se tomó luego de una denuncia recibida por el sector de Cosmetovigilancia del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, que permitió constatar que los productos no se encuentran registrados ante esta Administración Nacional y que sus rótulos carecen de inscripción sanitaria correspondiente.

Entre los productos se encuentran:

¡De la marca RE!:

  • Pasta dental de menta y salvia blanca
  • Desodorante en crema
  • Protector Solar Factor 30 de Coco
  • Karité, Cacao y Zinc
  • Enjuague bucal de menta y salvia blanca
  • Emulsión corporal de lavanda y bergamota
  • Repelente de citronella y neem
  • Jabón líquido para piel sensible para manos de caléndula
  • Desodorante en spray
  • Jabón líquido antibacterial para manos de eucalipto y limón
  • Emulsión regeneradora de mango y buriti
  • Crema facial de palta y tilo
  • Shampoo cabellos equilibrados
  • Crema para peinar
  • Acondicionador para todo tipo de cabellos palta y pepino

De la marca EL ÁRBOL:

  • Emulsión corporal
  • Crema para manos de karité y caléndula
  • Gel post solar pepino y caléndula
  • Gel de limpieza facial para piel sensible de malva y manzanilla
  • Bálsamo labial de karité y cacao
  • Tónico facial para piel sensible de malva y manzanilla
  • Gel de limpieza facial
  • Serum nocturno de jojoba, pepitas de damasco y geranio
  • Crema facial hidratante liviana de manzanilla y pepino
  • Tónico facial para piel seca caléndula y tilo
  • Loción desmaquillante de almendra y hamamelis
  • Crema facial nocturna de rosa mosqueta y karité
  • Crema facial nutritiva de karité y benjuí
  • Exfoliante facial de aceite de uva
  • Tónico facial purificante para piel grasa/acné de menta y tea tree
  • Gel facial purificante para piel grasa/acné de albahaca y tea tree
  • Gel calmante para piel grasa/acné de caléndula y tea tree
  • Emulsión de limpieza facial de agua de rosas y albahaca.
  • Mascarilla facial de arcilla blanca, karité y benjuí
  • Acondicionador para todo tipo de cabellos palta y pepino

De la marca AROMAS DE LA TIERRA:

  • Eau de toilette
  • Blend corporal
  • Eau de parfum

Al tratarse de productos ilegítimos, no inscriptos y sin identificación del establecimiento elaborador, no es posible garantizar su eficacia, seguridad ni que su formulación contenga ingredientes permitidos por la normativa vigente. En este sentido, su uso podría representar un riesgo para la salud de los consumidores.

Por ello, esta Administración Nacional dispuso la prohibición en todo el país de los productos mencionados, con el objetivo de proteger a los usuarios frente a los riesgos asociados al uso de cosméticos sin autorización sanitaria.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-distintos-productos-cosmeticos-de-las-marcas-re-el-arbol-y-aromas-de-la

PRODUCTOS DOMISANITARIOS

ANMAT prohíbe un desinfectante para piscinas marca INGENIA

La medida alcanza a todas las presentaciones del producto por carecer de autorización sanitaria.

23 de enero de 2026

ANMAT informa que, mediante la Disposición 76/2026, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes y presentaciones del producto domisanitario rotulado como:

  • Desinfectante para Agua de Piscinas marca “Ingenia.”

Se trata de un producto de uso doméstico clasificado como riesgo 2, es decir, que presenta un nivel de peligrosidad mayor debido a su composición o actividad, por lo que debe estar evaluado y aprobado con su correspondiente certificado nacional de producto domisanitario para poder ser comercializados.

La medida se tomó luego de una consulta realizada sobre la legitimidad del producto, el cual era promocionado y comercializado a través de plataformas digitales. Durante el análisis, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud de ANMAT detectó diferencias en el rotulado, ya que en la etiqueta figuraba la marca “Ingenia”, mientras que en la tapa se consignaba una denominación distinta, “Clorotech”.

Por otro lado, esta Administración Nacional decidió además iniciar un sumario sanitario contra la empresa **Servicios Bioaguas S.R.L., quienes reconocieron como propio el producto en cuestión, y su Director Técnico, por el presunto incumplimiento de diversas normativas.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-un-desinfectante-para-piscinas-marca-ingenia

ANMAT prohíbe la comercialización de distintas marcas de productos de uso doméstico

Se trata de productos que no cuentan con los registros correspondientes y se desconocen los datos del establecimiento responsable.

23 de enero de 2026

ANMAT informa que, mediante la Disposición Nº 74/2026, se prohíbe el uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes de los productos de uso doméstico identificados como limpiadores, desengrasantes, aromatizantes, acabados de superficies de las marcas:

  • Muffler
  • Abro
  • Red Kong
  • Black Line
  • Autoamerica

La medida se tomó luego de recibir distintas denuncias de usuarios a través del área de ANMAT Responde, sobre dichos productos. Los mismos, que son utilizados para la limpieza y el acabado de superficies de automóviles y motocicletas, no contaban con el registro correspondiente ante esta Administración Nacional.

El motivo de las denuncias se basó en dudas sobre su legitimidad, ya que se promocionaban, publicitaban y comercializaban a través de páginas web, redes sociales y plataformas de venta digital sin que se identifiquen los datos de establecimientos responsables habilitados.

Por esto y con el objetivo de proteger a futuros usuarios, ANMAT recuerda a la población la importancia de adquirir únicamente productos que cuenten con los registros correspondientes y que muestren la información obligatoria en su rótulo.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/anmat-prohibe-la-comercializacion-de-distintas-marcas-de-productos-de-uso-domestico