SAT – Mar del Plata

Sindicato Argentino de Televisión

Cod. O.S. 879

NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): DICIEMBRE 2025

COBERTURA DEL SERVICIO

Las farmacias de toda la Pcia. de Buenos Aires podrán atender a los afiliados de los Partidos de: Balcarce, Gral. Alvarado, Gral. Lavalle, Gral. Madariaga, Gral. Pueyrredón, Lobería, Mar Chiquita, Necochea, Maipú, Partido de la Costa, Pinamar y Villa Gesell

                                                                                                                                                                                                                                                                 CARATULA SIN VALIDAR


DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

DESCUENTO O.S. AFILIADO OBSERVACIONES
COMÚN Plan I (PLAN SAT –PLAN SAT1001) y su PMI 70% 30%  

Plan I y su PMI: se reconocerán los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluídos en el “Vademécum 70% y PMI PLAN I”. Credencial beneficiarios: color gris (a partir 1/10/01).

COMÚN Plan II (PLAN PMO) 40% 60%  

Plan II y su PMI: se reconocen los medicamentos, prescriptos por nombre genérico, incluídos en el “Vademécum 40% y PMI Plan II” . Credencial beneficiarios color verde.

COMUN Plan III (VADEMECUM AMPLIADO) 40% 60%  

Plan III y su PMI: se reconocen los medicamentos prescriptos por nombre genérico, incluidos en el Vademécum AMPLIADO y PMI Plan III. Credencial beneficiarios color verde.

PMI: 100%  —  

Para la correcta dispensa del Plan Materno Infantil, la receta deberá estar previamente autorizada con sello y firma de SAT. LECHES MEDICAMENTOSAS: (Según Vademécum): exclusivamente dentro del PMI: 1 kg. por receta. Deben estar autorizadas con firma y sello y aclaración de la Entidad.

AUTORIZADOS 40% – 70% resto  

Se pueden dispensar medicamentos excluidos del vademécum cuando vienen autorizados por la Obra Social (SAT). Las autorizaciones pueden ser por fax y el porcentaje a reconocer será de acuerdo al plan (40% o 70%)

 

TODO MEDICAMENTO INCLUIDO EN LOS VADEMÉCUM QUE SUFRIERA BAJA DE PRESENTACIÓN PUEDE SER REEMPLAZADO POR SU NUEVA PRESENTACIÓN (No requiere Autorización Previa de la Obra Social ni del Sindicato)

Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS POR RECETA: Según la cantidad de renglones que posea la receta se dispensará 1 (un) solo producto o 2 (dos) de distinto principio activo.
RECONOCIMIENTO DE TAMAÑO: 1 (uno) envase grande o mediano por receta, si se encuentra prescripto como tal.
Antibióticos Inyectables: Multidosis 1- Monodosis: 5
UNIDADES POR RENGLÓN: 01 (uno)


TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS

OFICIAL: PLAN I y su PMI:  COLOR ROSA  DE UNO Y/O DOS RENGLONES 70% DTO.
OFICIAL: PLAN II y su PMI: COLOR VERDE DE DOS RENGLONES 40% DTO.
OFICIAL: PLAN III y su PMI: COLOR BLANCO DE UNO O DOS RENGLONES
Las recetas pueden ser emitidas por el Sindicato, con la indicación manual de nombre y número de beneficiario.
DIAGNÓSTICO: SI

– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
– No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido.


VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION

15 días desde la prescripción a la dispensa. El recetario tiene una validez de 30 días, debiendo ser dispensadas dentro de dicho período.


DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION

El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.


RESUMEN

Planilla: Carátula On Line
Cantidad: Una
Presentación: Mensual
Facturación: por separado los distintos Planes


CUIT

30-56887493-1


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mail: ayudaonline@colfarma.org.ar /  Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648