SERENA ART (ex Omint ART)

OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

Cod. O.S. 10953

NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): SEPTIEMBRE 2025

COBERTURA DEL SERVICIO

Toda la provincia de Buenos Aires                                                                                                                                                                CARATULA SIN VALIDAR


DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

Cantidad Máxima de:
RENGLONES POR RECETA: 3 (Tres) de distinto principio activo.
Unidades por renglón: 1 (un) envase grande
Con leyenda “tratamiento prolongado”: hasta 2 (dos) envases chicos por renglón.

UNIDADES POR TAMAÑO:
Lo indicado por el médico.
Si indica Grande, el de tamaño siguiente al menor.
Si no indica tamaño, el de menor contenido.
Si equivoca la cantidad: el tamaño inmediato inferior.
Antibióticos inyectables: Monodosis 5.(cinco) Multidosis 1 (uno)

RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
Se reconocerán únicamente los medicamentos de venta bajo receta, prescriptos por nombre genérico (conforme a las disposiciones legales vigentes) que figuran en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos.


TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS

Oficial: NO
Particular: Son válidos los siguientes recetarios: de hospitales, clínicas, sanatorios, SAMO y particular del médico. Todas las recetas deben encontrarse acompañadas de fotocopia del formulario de Denuncia de Siniestro o solicitud de Asistencia Médica, debe contener todos los datos identificatorios y ser perfectamente legible.
En la receta, el médico deberá completar de puño y letra los siguientes datos con la misma tinta:
·         Nombre de la A.R.T.
·         Nombre, apellido y Número de Documento o CUIL del paciente
·         Fecha de prescripción
·         Medicamentos, cantidad de cada uno en números y letras
·         Nombre, apellido, firma y sello con número de matrícula y especialidad del profesional prescriptor.
·         Toda corrección debe ser salvada por el médico con sello y firma.
·         Todas las recetas deberán estar firmadas por asegurado o tercero aclarando la firma e indicando N° de documento.

LA FALTA DE ALGUNO DE ESTOS DATOS SERA MOTIVO DE DEBITO.

Electrónicos: Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra y/o QR. Además de los datos requeridos: Nombre de la ART, Nombre, apellido y Nº de DNI del paciente, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración, firma y sello del médico en formato digitalizado.

Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia.

– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.


VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION

30 días a partir de la fecha de emisión.
En los casos de recetas autorizadas, la validez de la receta regirá desde la fecha de autorización.


DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION

Troquelado: completo, con código de barras, no utilizar abrochadora, ya que impide la lectura con lector de código de barras. Para el caso de medicamentos sin troquel colocar la sigla S/T. El código del troquel, deberá estar perfectamente legible, sin enmiendas o tachaduras.

El farmacéutico podrá aclarar el número de documento o el CUIL del paciente, si estos datos no estuvieran claramente legibles.

Datos a completar por la farmacia:
·         Número de orden de la receta
·         Firma y sello de la Farmacia
·         Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento (la ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
·         Si retira un tercero, se deberá solicitar fotocopia legible del documento del “BENEFICIARIO”, DNI de quien retira, la receta y fotocopia del formulario de denuncia de siniestro o solicitud de Asistencia Médica.
·         Adjuntar comprobante de validación o factura. donde conste Fecha de dispensa, precios unitarios y totales y monto a cargo de la obra social.
·         Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo, notificar por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
·         Las recetas no deberán tener enmiendas y/o agregados no convalidados con la firma del profesional actuante y su sello.

NOTAS:

·         En aquellos casos en que la solicitud de Asistencia Médica o Denuncia tenga una antigüedad mayor a 30 DIAS la Farmacias deberá conectarse a SERENA Art a fin de solicitar la autorización de la entrega de productos.

MUY IMPORTANTE!
Ante consultas para resolución de dificultades relacionadas con la prestación farmacéutica, las líneas directas telefónicas son:
De Lunes a Viernes de 9:00 hs a 18:00 hs al: 0810-555-0278

Los Sábados, Domingos y Feriados a CECAP 0800-888-6060 (SOLO EMERGENCIAS)


EXCLUSIONES

SEGÚN ACCION FARMACOLOGICA
Alimentos dietéticos
Oncológicos
Productos de perfumería y cosmetología
Productos para el Sida

SEGÚN TIPO DE PRODUCTO
VENTA LIBRE: SOLO CON AUTORIZACION.

IMPORTANTE: SERENA ART podrá autorizar productos excluidos, mayores cantidades, etc., debiendo facturar la receta con la correspondiente autorización.

RESUMEN

Planilla: Carátula on-line
Cantidad: Una
Presentación: Mensual Grupo ”D” Las recetas refacturadas deben ser elevadas al cobro en un remito separado del resto de la facturación.


CUIT

30-71234180-3


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 Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:

mail: ayudaonline@colfarma.org.ar /  Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648