OSPCyD
Obra Social del Personal de Carga y Descarga
Cod. O.S. 10340
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): SEPTIEMBRE 2025
COBERTURA DEL SERVICIO
Para toda la Provincia de Buenos Aires y Capital Federal. VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
| DESCUENTO | OS | AFILIADO | OBSERVACIONES |
| Común | 40% O 100% | Resto | Se reconocerán con el 40% de cobertura, todos los productos prescriptos por nombre genérico, que figuren en Manual Farmacéutico o Agenda Kairos, con las exclusiones que figuran en el Anexo I, según Manual Farmacéutico. Aquellos medicamentos prescriptos por nombre genérico cuyas drogas figuren en el vademécum de OSPCYD con cobertura 100%, serán reconocidos en el Plan Común con dicho descuento. |
| Patologías Crónicas | Monto fijo | Resto | Se reconocerán los productos prescriptos por nombre genérico, cuyas drogas se encuentren incluidas en el Vademécum de OSPCYD, realizado en base al PMOE Resolución 310/04 y 758/04 y sucesivas modificaciones que surjan del organismo de contralor de los agentes de salud (Superint. de Servicios Sociales y MSAS), con la cobertura del Monto Fijo que figure para cada medicamento. |
| PMI | 100% | — | Se reconocerán todos los productos prescriptos por nombre genérico, cuyas drogas se encuentren incluidas en el Vademécum de OSPCYD, con una cobertura del 100% del precio de venta al público. La Obra Social podrá autorizar medicamentos excluidos. |
| Autorizados | 70% | Resto | |
| Autorizados 100% | 100% | Resto |
PLAN MATERNO INFANTIL:
Para la madre: durante el embarazo y hasta treinta días posteriores al parto, únicamente medicamentos relacionados con el embarazo.
Para el bebé: hasta el año de edad.
LECHES: exclusivamente en el PMI y con AUTORIZACIÓN mediante firma y sello del Médico Auditor de la O.Social o del Médico Encargado de la Obra Social (puede ser por fax):
Maternizadas: SI (Hasta 2 kg. por receta)
Medicamentosas: SI (Hasta 2 kg. por receta)
Enteras: NO
El afiliado o tercero al retirar la medicación deberá colocar en la receta: firma, aclaración, domicilio y DNI.
No se aceptan enmiendas sobre corrector líquido.
Odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad.
PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto principio activo
UNIDADES POR RENGLÓN: 1 (uno)
TAMAÑOS POR RECETA: Uno grande o mediano por receta si se encuentra prescripto como tal.
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Para el Plan Común
Recetario Oficial: Fondo rosa impreso en negro, con logo impreso de OSPCYD en el vértice superior izquierdo, la receta debe llevar sello de OSPCyD en el recuadro “Sello institución”.
Recetarios de: Médicos particulares, Sanatorios, Hospitales, Federaciones o Asociaciones Médicas : siempre que contengan el membrete del médico o institución. Es importante aclarar que las prescripciones en los recetarios No oficiales deberán contener los mismos datos que contiene el recetario Oficial.
Recetarios Electrónicos: Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra o número de receta. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de afiliado, Plan, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración, diagnóstico, firma y sello del médico en formato digitalizado.
Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
Para el Plan PMI
Recetario Oficial: Fondo rosa impreso en verde con la leyenda “Plan Materno Infantil” impreso al lado del Logo de OSPCYD, el cual en el centro del logo tiene un bebé.
Recetarios Electrónicos: Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra o número de receta. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de afiliado, Plan, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración, diagnóstico, firma y sello del médico en formato digitalizado.
Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia. El afiliado debe presentarse con receta autorizada por la O.S.-
Para el Plan DIABETES
Recetario Oficial: Color blanco, únicamente para la prescripción de insulinas e hipoglucemiantes.
Recetarios Electrónicos: Se podrán aceptar prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, (emitidas por cualquier plataforma habilitada por el ministerio de Salud) las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como, por ejemplo: código de barra o número de receta. Además de los datos requeridos: Nombre y apellido, Nº de afiliado, Plan, Fecha prescripción, medicamento genérico, forma farmacéutica, dosis/unidad, concentración, diagnóstico, firma y sello del médico en formato digitalizado.
Es importante aclarar que el afiliado deberá presentar la receta impresa en la farmacia. El afiliado debe presentarse con receta autorizada por la O.S.-
IMPORTANTE: En la receta debe figurar el diagnóstico.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
30 días corridos desde fecha de prescripción.
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
-Para la dispensa, el afiliado deberá presentar receta, credencial y autorización con el % en caso de corresponder.
-Para la facturación, a la receta que debe ser firmada en el recuadro “Firma Beneficiario”, se adjuntará comprobante de validación o presupuesto donde consten los precios unitarios y totales, firmado y aclarado por el afiliado o tercero que retire la medicación, caso contrario la receta deberá ser valorizada.
MODELOS DE RECETARIOS
Recetario Oficial Recetario PMI
Recetario Diabetes
MODELOS DE CREDENCIALES
Credencial físicas: en el frente tienen el Logo de la Obra social y los datos del afiliado. Al dorso en la parte inferior se encuentra la fecha de vencimiento de la credencial, la validez de la misma deberá ser verificada al momento de la dispensa.
EXCLUSIONES
Anexo I Exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico, Acción Farmacológica:
| Abrasivo de Limpieza | Bronceador | Hidratante Nutriente dérmico | Pantalla solar |
| Aceite para masajes musculares | Combate 7 signos envej.facial | Hidratante Protector piel seca | Para dejar de morderse las uñas |
| Acelerador de bronceado | Compensador hidrolipidico cap. | Hidratante Protector solar | prevencion de la reinf de piojos |
| Afirmante Antiflacidez | Compensador hidrollipido cap | Higiene de la piel | Protector dérmico |
| Antiactinico | Control Envejecimiento Cutáneo | Higiene de párpados | Protector labial |
| Antialopécico | Corrector signos envejecimiento | Higiene facial | Protector rayos U.V. |
| Antiarrugas | Crema ungeal | Higiene femenina | protector solar |
| Anticaspa | Dermatocosméticos | Higiene personal | Queratolítico/Tópico p/verrugas |
| Anticaspa Antiseborreico | Dermatologico | Higiene vaginal | Reafirmante modelador |
| Anticelulítico | Dermoaclarante | Hipoalergénico | Reconstituyente dérmico |
| Anticelulitico antinodulos | Desodorante | Humect.facial c/prot.solar | Reductor |
| Anticelulitico reductor | Desodorante pedico | Humectante | Reductor y reafirmante corporal |
| Antioxidante Exfoliativo | Emoliente | Humectante Astringente | Refrescante de la piel |
| Antioxidante Fotoprotector | Epitelizante Regenerador | Humectante de párpados | regenerador capilar |
| Antioxidante Protector dérmico | Estimulador cutaneo | Humectante vaginal | Removedor de callos |
| Antioxidante Reconstituyente | Evita el contagio de piojos | Inhibidor fotoenvejecimiento | Revitalizador Humectante |
| Antitranspirante | Exfoliante | Limpiador p/piel acneica | Sistema de hidratación facial |
| Aromoterapia | Exfoliante corporal | Limpieza capilar | Suavizante p/manos y cuerpo |
| Balsamo labial preventivo | Filtro solar | Maquillajes Cosmeticos | Trat.de estrías |
| Blanqueador dental | Hidratante | Mejorador calidad de la piel | Trat.p/pieles intolerantes |
| Hidratante autobronceante | Nutriente dérmico | Trat.regenerador corrector | |
| Hidratante dérmico | Nutriente Restaurador |
Anexo I. Exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico, por droga: Producto Cosmético
Anexo I. Exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico, por forma farmacéutica: Bronceador y Cosméticos
Anexo I. Exclusiones según Clasificación Manual Farmacéutico, por Tipo de Venta: 1 (Venta Libre).
RESUMEN
Planilla: On Line
Cantidad: 1 (una)
Presentación: mensual.
Facturación: Por separado cobertura común del PMI.
CUIT
30-64157861-0
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Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648







