1.- Nota en la que solicita al Departamento de Farmacia de la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el cambio de denominación y detallar  también el horario de atención del establecimiento y del o los profesionales.

2.- Artículo 18 (Ley 6682) Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires. Se generará una vez cargada toda la documentación indicada en los restantes puntos.

3.- Timbrado fiscal

Todos los valores de timbrados, módulos y aranceles deberán ser consultados previamente  en la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud. Tel: (0221) 4292700  internos  82791, 82792; 82937.

https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/tramites_y_habilitaciones