La obra social informa cambios en la modalidad de autorización de recetas, según detalle:
– Para recetas ológrafas (en papel): siempre se deberá adjuntar la autorización a la receta.
– Para recetas electrónicas: el afiliado deberá presentar la copia de la receta electrónica, con firma y sello del autorizante en original; o bien, la imagen de esa receta autorizada. (deberá presentarse impresa para su facturación)
Para ver Norma de Atención, Clic aquí.
Información Nº 37/2026 (06/08)

