Se recuerda que para dispensar todas las recetas electrónicas de Poder Judicial la farmacia deberá ingresar a través del botón “Consulta de receta electrónica” en Colfarmaonline y completar los campos de N° de afiliado (sin barras ni guiones) y N° de receta.

Si la receta es válida, el sistema mostrará los datos de la prescripción y podrá confirmar los mismos para proceder a la dispensa.

Si el sistema no muestra los datos de la prescripción, entonces la receta NO ES VÁLIDA y no deberá validarla manualmente, porque será debitada.

Las recetas electrónicas habilitadas son las que reconoce el sistema al momento de la validación.

No deben dispensarse recetas electrónicas sin haberlas consultado y aceptado previamente, en el botón “Consulta de receta electrónica” de Colfarmaonline.

IMPORTANTE: en el comprobante de validación debe aparecer, arriba a la derecha, el número de receta electrónica validada, la falta del mismo, será motivo débito. Debe prestar atención porque algunos facturadores no proveen esa información. En esos casos debe agregar la información manualmente.

– Encontrará toda la información ingresando a la Norma de atención, Clic aquí.
En “TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS”.

Información Nº 33/2026 (10/07)