
INFORMACIÓN OBRAS SOCIALES Nº 86/2022
Sobre la validez de las fotos de recetas médicas
Colegas, compartimos
la información emitida por el Ministerio de Salud de la Nación sobre la
derogación de la la utilización de fotos de recetas enviadas por canales
digitales (Whatsapp y correo electrónico) excepto para aquellos pacientes con
condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este
mecanismo.
En el texto se propone una transición, ya que no hay prórroga. Por esa
razón algún financiador puede aceptar una foto de receta en caso excepcional,
siempre hablando de financiadores que venían usando este sistema.
Los casos excepcionales refieren al caso de la prepaga o paciente que
venía utilizando este sistema y por alguna receta pendiente, ya sea porque el
médico no está o situaciones similares.
En este caso, para no dejar a ese paciente sin medicación lo que se
estipula es que por sesenta (60) días los financiadores, el Ministerio y las
farmacias podemos aceptar estas recetas, siempre y cuando el financiador esté de acuerdo
en continuar con esta metodología por estos casos particulares.
El texto del comunicado emitido por el ministerio dice:
Publicado el martes 27 de
diciembre de 2022
Comunicado conjunto del Ministerio de Salud, la Superintendencia de
Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de
la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la
Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina
de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica.
El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el
Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina,
la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de
Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la
Federación Farmacéutica acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y
ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento
Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y
seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional.
De modo excepcional, se había autorizado, mientras durara el ASPO, la
utilización de fotos de recetas enviadas por canales digitales (Whatsapp y
correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días,
mecanismo sólo aceptable en tiempos de emergencia.
Luego del ASPO, esta resolución dejó de estar vigente, y de hecho en la
gran mayoría del territorio nacional y en los distintos subsectores del
sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y
algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza. La derogación
de este mecanismo, aceptado como excepción durante un momento epidemiológico
particular, es una medida consensuada con ministros y ministras de las 24
jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud.
En tanto, las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en
todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553.
En este sentido, todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras
sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían
utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora.
Lo único que queda sin efecto es la posibilidad de presentar una foto de
receta médica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con
condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este
mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de
2023, según lo acordado por los firmantes de este comunicado.
Fuente:
https://www.argentina.gob.ar/noticias/sobre-la-validez-de-las-fotos-de-recetas-medicas
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