ESPECIALIDADES
FARMACÉUTICAS
El Colegio de
Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, informa que desde el 01 de
Agosto de 2023 y hasta el 31 de Agosto de 2023 se encuentra abierta la
inscripción únicamente por TAD COLFARMA http://www.tramitesonline.cfpba.org.ar/Login para aquellos colegas que quieran
acceder a las ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS
ARTÍCULO 1:
Se define ESPECIALIDAD
FARMACÉUTICA como la profundización del conocimiento y
el desarrollo de habilidades de una determinada rama del ejercicio de la
profesión Farmacéutica.
ARTÍCULO 2:
Se denomina ESPECIALISTA al
Farmacéutico, que luego de un procedimiento evaluativo, se verifica
fehacientemente que ha profundizado el conocimiento y la práctica de una
determinada rama de la profesión Farmacéutica.
ARTÍCULO 3:
Se define a la CERTIFICACIÓN
DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS como el resultado de un
acto por el cual el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires,
aplicando los criterios del presente Reglamento, asegura a través de un
proceso de evaluación transparente, que el profesional farmacéutico
debidamente matriculado, que así lo solicite, posee conocimientos, hábitos,
habilidades, destrezas y actitudes propias para una especialidad reconocida,
además de condiciones éticas.
ARTÍCULO 5:
El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos
Aires certificará las siguientes Especialidades:
a) Farmacia
Comunitaria (Oficinal)
b) Farmacia
Hospitalaria
c) Farmacia
Industrial
d) Farmacia
Sanitaria y Legal
e) Esterilización
f) Nutrición y
análisis de alimentos
g) Biofarmacia
A continuación, encontrarán la parte reglamentaria, la cual les recomendamos
leer detenidamente para una mejor comprensión del proceso que permite
certificar una especialidad farmacéutica y a fin de que remitan la
totalidad de la documentación requerida. (Clic
acá)
REQUISITOS PARA
SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO COMO ESPECIALISTA
1.- SOLICITUD: indicando la /las Especialidades que
solicita y forma de pago. Cuota matrícula al día. (Clic acá)
2.- EJERCICIO
PROFESIONAL: Si el ejercicio por el cual solicita la
Especialidad corresponde a alguno no declarado en el Colegio
de Farmacéutico o corresponde en algún período (últimos tres años) a una
jurisdicción distinta a la de la Provincia de Buenos Aires, deberá adjuntar
constancia certificada por el empleador y categoría o cargo desempeñado con
su carga horaria. Si está declarado en Provincia de Buenos Aires no se
requiere adjuntar nada.
3.- ÉTICO PROFESIONAL: solamente
si en los últimos cinco (5) años ejerció en una jurisdicción distinta a la
Prov. de Bs As. Si siempre ejerció en Provincia de Buenos Aires no se
requiere adjuntar nada.
4.- RESIDENCIA
HOSPITALARIA: si corresponde, deberá adjuntar la
constancia de su finalización.
5.- ESPECIALIDAD UNIVERSITARIA: si
posee alguna de las reconocidas por el Ministerio, deberá adjuntar copia del
título obtenido legalizado.
6.- ESPECIALIDAD
OTORGADA POR ENTIDAD CIENTÍFICA RECONOCIDA POR EL MINISTERIO DE SALUD: Si
posee alguna, deberá adjuntar copia del título obtenido legalizado.
7.- DOCENCIA
UNIVERSITARIA: Si en los últimos tres (3) años ejerció o
ejerce como docente universitario en algunas de las materias de las
especialidades otorgadas por el Ministerio de Salud, deberá
adjuntarla constancia entregada por la Universidad con identificación del
cargo, categoría, asignatura y carga horaria, fecha de inicio y finalización
o vigencia.
8.- CRÉDITOS EN
CAPACITACIÓN: Si tiene actualizada la carga de sus
actividades de capacitación en el Sistema de Créditos del Colegio, no debe
enviar nada. Si no lo tiene actualizado deberá actualizarlo en el Sistema de
Asignación de Créditos del Colegio en el área de Educación (Clic
acá)
Se solicita la lectura del reglamento y el envío por el COLFARMA TAD (Clic acá) de toda la
documentación completa que corresponda, una vez cerrada la
inscripción no se recibirá documentación faltante.
ARANCEL PARA
MATRICULADOS: $ 4.800 por cada Especialidad solicitada.
Por cualquier duda o
consulta nos pueden escribir a: relprof@colfarma.org.ar |