|
|||
La Plata, 17 de MARZO de 2023 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
|||
|
Las
farmacias, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, no son una
“empresa” ni un “establecimiento comercial”, son un servicio público
impropio, establecido por ley y fiscalizado por el Estado, conforme lo
expresa el art. 1 de la Ley 10.606, por ello las farmacias se hallan
sujetas a un régimen normativo específico y riguroso, el cual responde a la
necesidad de garantizar un servicio de calidad y con continuidad al público
por ser un centro sanitario al servicio de la comunidad.
|
Las farmacias están informatizadas hace 20 años y es materialmente imposible exhibir en papel la totalidad de las especialidades, mucho menos los descuentos y coberturas de las obras sociales ya que las arroja el sistema de validación ante la consulta de cada paciente.
PUEDE VER LA CARTA COMPLETA HACIENDO CLIC AQUI
|
Farm.
Isabel Reinoso |
COLEGIO DE
FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)