
El Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de
Buenos Aires en el mes de enero, propuso por las competencias legales que le
caben, tres honorarios
para los profesionales farmacéuticos que ejercen su actividad en los
establecimientos farmacéuticos del ámbito Privado de la Provincia de Buenos
Aires, con valores que rigen a partir del 1° de enero, del 1° de julio y del
1° de octubre del 2022.
NUEVOS HONORARIO
FARMACEUTICOS
A partir del 1° de
Enero de 2022
Directores Técnicos y
Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos
farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir
del 1° de Enero de 2022
en concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 208.439,85 (pesos
doscientos ocho mil cuatrocientos treinta y nueve con ochenta y cinco
centavos), suma que se compone de $ 125.063,91 (pesos ciento veinticinco mil
sesenta y tres con noventa y un centavos) por las 8 horas diarias de trabajo
de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 83.375,94
(pesos ochenta y tres mil trescientos setenta y cinco con noventa y cuatro
centavos) por el bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la
remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en
los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de
Buenos Aires, en la cantidad de
$ 154.683,62 (pesos ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos
ochenta y tres con sesenta y dos centavos), suma que se integra de $
92.810,18 (pesos noventa y dos mil ochocientos diez con dieciocho
centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario
matutino de los días sábados y de $ 61.873.44 (pesos sesenta y un mil
ochocientos setenta y tres con cuarenta y cuatro centavos) por el bloqueo de
título.–
A partir del 1° de
Julio de 2022
Directores Técnicos y
Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos
farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir
del 1° de Julio de 2022 en
concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 253.350,94 (pesos
doscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta con noventa y cuatro
centavos), suma que se compone de $ 152.010,56 (pesos ciento cincuenta y dos
mil diez con cincuenta y seis centavos) por las 8 horas diarias de trabajo de
lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $ 101.340,38
(pesos ciento un mil trescientos cuarenta con treinta y ocho centavos) por el
bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la
remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en
los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de
Buenos Aires, en la cantidad de
$ 188.012.23 (pesos ciento ochenta y ocho mil doce con
veintitrés centavos), suma que se integra de $ 112.807,33 (pesos ciento doce
mil ochocientos siete con treinta y tres centavos) por las 8 horas diarias de
trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $
75.204.90 (pesos setenta y cinco mil doscientos cuatro con noventa centavos)
por el bloqueo de título.–
A partir del 1° de
Octubre de 2022
Directores Técnicos y
Co-directores técnicos, que ejercen en los establecimientos
farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de Buenos Aires, a partir
del 1° de Julio de 2022 en
concepto de remuneración básica mínima mensual la cantidad de $ 291.353,58 (pesos
doscientos noventa y un mil trescientos cincuenta y tres con cincuenta y ocho
centavos), suma que se compone de $ 174.812,14 (pesos ciento setenta y cuatro
mil ochocientos doce catorce centavos) por las 8 horas diarias de
trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de los días sábados y de $
116.541,44 (pesos ciento dieciséis mil quinientos cuarenta y uno con cuarenta
y cuatro centavos) por el bloqueo de título.-
A partir de las fecha establecida en el artículo anterior, fijar la
remuneración básica mínima mensual de los farmacéuticos Auxiliares que ejercen en
los establecimientos farmacéuticos en el ámbito privado de la Provincia de
Buenos Aires, en la cantidad de
$ 216.214.06 (pesos doscientos dieciséis mil doscientos
catorce con seis centavos), suma que se integra de $ 129.728,42 (pesos ciento
veintinueve mil setecientos veintiocho con cuarenta y dos centavos) por
las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y el horario matutino de
los días sábados y de $ 86.485.64 (pesos ochenta y seis mil cuatrocientos
ochenta y cinco con sesenta y cuatro centavos) por el bloqueo de título.–
Establecer un
adicional de un 10% sobre el básico mínimo mensual para
aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que
han obtenido la certificación y/o recertificación profesional por intermedio
del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
En todos los casos se establece
un adicional de un 15% sobre el básico mínimo mensual para
aquellos farmacéuticos que acrediten fehacientemente ante sus empleadores que
han obtenido la certificación de especialidades por intermedio del Colegio de
Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
Si Ud. desea que hagamos llegar esta información a su empleador, escriba a asuntoslaborales@colfarma.org.ar
indicando el mail al que debe ir dirigido.
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