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La Plata, 17 de NOVIEMBRE de 2021 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
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ALERTA DE LA RPVF
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Red Provincial de
Vigilancia Farmacéutica |
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Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT
Nueva disposición
sobre productos cosméticos, para la higiene personal y perfumes
Alcanza a aquellos que contengan al cannabinoide denominado Cannabidiol
(CBD). Se comunica a profesionales y empresas que ya entró en vigencia la Disposición ANMAT N° 8504/2021, publicada en el Boletín Oficial. La misma establece que los productos cosméticos, para la higiene personal y perfumes que contengan al cannabinoide denominado Cannabidiol (CBD) puro de origen natural o CBD presente en extractos y aceites naturales de ciertas partes de la planta de Cannabis sativa L. con no más del 0,2% P/P de THC, podrán inscribirse bajo la clasificación grado 2 de acuerdo con lo establecido en la Disposición ANMAT N° 345/06. La norma regula las actividades de elaboración, envasado, acondicionado, importación, exportación, depósito, así como la inscripción, rotulado y publicidad de estos productos.
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Farm. Isabel Reinoso |
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COLEGIO DE
FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
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