De: Colfarma Informa
<infofarmaceuticos@colfarma.org.ar>
Enviado el: martes, 20 de abril de
2021 07:35
Asunto: FILIALES 15-04-2021
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La Plata,
19 de ABRIL de 2021 – farmaceuticos@colfarma.org.ar
– www.colfarma.org.ar |
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Envío de
información contable
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Sr./a. Presidente
/ Delegado de Filial El día 15 de abril se informó por nota lo siguiente “Las filiales, que al menos, desde el 1 de abril del año 2020 utilizan el software de gestión integral plataforma ERP, NO deberán realizar el ajuste por inflación, dicha tarea se realizara desde el Colegio Central luego que la filial manifieste por email que la información contable ya fue revisada y se encuentre en condiciones de ser incorporada a la información consolidada”. Algunas filiales manifestaron, que en el caso particular de los bienes de uso, preferían realízalo ellos, pues el resultado que arroja dicho calculo determina variaciones en otros conceptos que interactúan con estos (por ejemplo amortizaciones) y en el armado de información contable a enviar a este Colegio Central (anexo de bs. De uso, inventario de bienes, etc) y que resultaba de utilidad e interés para ellas. A raíz de esta situación el Colegio Central realizara el ajuste por inflación de todos los rubros excepto el caso antes mencionado de bienes de uso que lo realizaran las filiales. Para realizar este cálculo se detalla, en esta nota, el cuadro que se debe completar y los índices que se deberán aplicar para el cálculo del resultado por exposición a las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda (RECPAM).que se deben aplicar. Esta situación solo modifica a las filiales que cuentan con el sistema contable Plataforma desde el día 1/4/2020 o anterior, pues aquellas cuya implementación se realizó posterior a esta fecha o no cuentan con este, deberán realizar íntegramente el proceso de ajuste por inflación aplicando los índices correspondientes. Los índices a aplicar son los siguientes:
En cuanto al anexo de Bs. De Uso se debe respetar el siguiente cuadro y ajustarse a las especificaciones descriptas:
Aclaraciones: 1) El valor al comienzo del ejercicio deberá coincidir con el valor informado al cierre del ejercicio pasado. 2) Utilizar los coeficientes suministrados en esta nota para calcular el Recpam. 3) La amortización del ejercicio se calcula sobre el valor del bien actualizado al 31 de marzo de 2021. 4) Respetar la alícuota de amortización de cada bien especificado en el cuadro.
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Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.
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Farm. GUILLERMO BIDEBERRY |
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COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES |