|
|
|
|
La
Plata, 01 de OCTUBRE de 2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
|
|
|
|
ALERTA DE LA RPVF
|
|
|
|
Red Provincial de Vigilancia
Farmacéutica |
|
|
|
|
Estimado
Colega: Colegas: transcribimos la siguiente comunicación de ANMAT Desinfectantes de superficies: prórroga y
ampliación de proclamas
Actualización de criterios y procedimientos extraordinarios
para el registro en el contexto de la emergencia sanitaria por covid-19 Debido a la emergencia
sanitaria vigente, y en el marco de la Resolución Conjunta 1/2020 del
Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Desarrollo Productivo,
la ANMAT comunicó
el 24 de abril los criterios
y procedimientos extraordinarios establecidos para el registro de
desinfectantes de superficies en el contexto de la emergencia sanitaria por
COVID-19. Por medio de la presente,
se prorroga la
vigencia del documento “Desinfectantes de superficies:
criterios y procedimientos extraordinarios para el registro en el contexto de
la emergencia sanitaria por covid-19” hasta el 31 de diciembre del año en curso. En relación a ello, se amplían las proclamas admisibles en los
rótulos de los productos domisanitarios con acción antimicrobiana
respecto a su eficacia sobre el virus causante de la COVID-19 Ver
comunicación del 07 de agosto. En tal sentido, considerando la actualización relativa a este
tema emitida por la U.S. Environmental Protection Agency (USEPA), esta
Administración Nacional permitirá que se proclame la eficacia sobre el
SARS-CoV-2, debiendo cumplimentarse como mínimo los criterios de eficacia
establecidos en la sección I.a)
Condiciones para que sea aceptada la proclamación sobre efectividad contra
coronavirus (…)” del documento publicado. ·
“efectivo contra el virus SARS- COV-2”, ·
“efectivo contra SARS-COV-2”; ·
“inactiva el virus SARS- COV-2”; ·
“inactiva SARS- COV-2”. No serán aceptadas menciones tales como: “combate”, “anti”,
“comprobado ...” o similares. Se
hace hincapié que al tratarse de productos domisanitarios, no deberá
nombrarse la enfermedad sino su agente etiológico. |
|
|
|
|
|
|
|
|
Farm.
Isabel Reinoso |
|
|
|
|
|
COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
|