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La Plata, 28 de ABRIL de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar
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Farmacéuticos de entidades Sindicales,
Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales
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Nos dirigimos a Ud. a fin de
comunicarle la Nueva Remuneración Básica Mínima Mensual que
deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su
actividad en establecimientos de propiedad de
entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras
Sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires aprobada
por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la
Provincia de Buenos Aires según Resolución Nº 07/2020 del 27 de
abril del 2020
La misma contempla una
actualización a partir del 1° de mayo del 2020 y otra a partir del 1°de
Septiembre del 2020.
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Para cualquier consulta comunicarse al
siguiente mail: asuntoslaborales@colfarma.org.ar
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Sin otro particular, saludamos a Ud. con la
cordialidad de siempre.
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Farm. María Verónica Mobilia
Coordinadora
Comisión de Asuntos Laborales
Tel: 0221-4290900 int. 330
asuntoslaborales@colfarma.org.ar
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COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)
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