La Plata, 28 de ABRIL de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar


Farmacéuticos de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales

Nos dirigimos a Ud. a fin de comunicarle la Nueva Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en  establecimientos de propiedad de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución Nº 07/2020 del 27 de abril del 2020

La misma contempla una actualización a partir del 1° de mayo del 2020 y otra a partir del 1°de Septiembre del 2020.

 


Para cualquier consulta comunicarse al siguiente mail: asuntoslaborales@colfarma.org.ar

Sin otro particular, saludamos a Ud. con la cordialidad de siempre.

Farm. María Verónica Mobilia
Coordinadora
Comisión de Asuntos Laborales

Tel: 0221-4290900 int. 330  
asuntoslaborales@colfarma.org.a
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COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)