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La Plata, 08 de MAYO de
2020 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
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INFORMACIÓN OBRAS
SOCIALES Nº 27/2020
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Aspirinetas: una respuesta de Bayer
Colegas La semana pasada compartimos el reclamo realizado a Bayer en
relación a llas aspirinetas en perjuicio de las farmacias. Luego de las gestiones de la CoFA, el laboratorio respondió
oficialmente al reclamo, por lo que la semana que viene las farmacias
comenzarán a recibir de sus droguerías las unidades de aspirinetas para
compensar la pérdida económica. Escribe Bayer: "Observando el reclamo: 1) Las compras realizadas por las farmacias desde el día 10/4
hasta el 24/4 (fecha de publicación de lista) a las que no se le haya
aplicado el descuento, se les reconocerá la diferencia vía droguería en
envases de Aspirinetas de 28 comp, dicho reconocimiento se efectuará en el
transcurso de la primera semana de Mayo en cada una de las droguerías por las
cuales haya efectuado la compra. 2) En el caso puntual de diferencias de la compra del transfer
vs la lista de precios la droguería lo reconocerá caso por caso verificando
la información de la transacción". Puede LEER LA NOTA COMPLETA AQUI IOMA- Nuevas Validaciones
Colegas, informamos que a partir del día lunes 11 de mayo del
corriente, los planes Discapacidad,
MAMI y Recursos de Amparo pasaran a ser de Validación
Obligatoria, con las características respectivas de cada plan. Es importante
destacar que dichos planes se verán reflejados en el Validador en forma
separada, como obras sociales independientes. Para ver el detalle de los
planes en el Validador (Clic
Aquí) IOMA
RESOLUCIONES – Recordatorio
A continuación detallamos las mismas con sus correspondientes
características: Resolución 12/17: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria.
Abarca productos de un listado cuya cobertura es un valor acordado con el
IOMA. La misma debe ser presentada en IOMA ACCESORIOS. Resolución 1256: Pertenece a IOMA Resolución de
Directorio. Validación
Obligatoria. Abarca medicamentos dentro y fuera de
Formulario Terapéutico de IOMA, mayores cantidades y porcentajes de
cobertura. La misma debe ser presentada en IOMA Resolución de
Directorio, cuya cobertura será la que figure en la Orden de Provisión,
la que se debe adjuntar a la receta. Resolución 1781/15: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria.
Abarca Tiras Reactivas cuya cobertura es valor del PVP, y la Orden de
Provisión se debe adjuntar a la receta. Sin cargo para el afiliado. Las Tiras Reactivas que se autorizan
con Resolución 678, se validan como accesorios, en esta resolución aunque no
coincida el número de resolución. Sino serán motivo de débito. Resolución 3512/15: A partir del 11 de mayo del 2020 Validación Obligatoria,
pertenece al Plan MAMI y tiene la característica de poder reemplazar las leches por los 180
pañales a un valor de $ 672.50, siempre y cuando este
plasmado en la Orden de Provisión la cual siempre tendrá que estar adjunta a
la receta. Discapacidad: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria, se
validarán las recetas de medicamentos exclusivamente según los
porcentajes de cobertura indicados en la Orden de Provisión, que siempre
deberá estar adjunta a la receta (mayores cantidades mayores coberturas,
productos excluidos). En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos
y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en
Discapacidad, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos
casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos
excluidos, etc.). Para el valor de los accesorios en esta resolución lo
define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. IOMA MAMI: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria,
se validarán las recetas según corresponda para las afiliadas embarazadas y
los bebés de hasta un año de edad, con cobertura del 100% en recetario
correspondiente. Es importante aclarar que las leches deben venir prescriptas por
separado de los medicamentos. IOMA RECURSO DE AMPARO: A partir del 11 de
mayo del 2020 es de Validación
Obligatoria se validarán las recetas de medicamentos
según el porccentaje de cobertura indicado en la Orden de Provisión, que
siempre deberá estar adjunta a la receta, la que también deberán estar
acompañada de la copia del OFICIO
DEL AMPARO CORRESPONDIENTE. Se podrá dispensar toda
prescripción que esté fuera de la Norma de Atención. (mayores cantidades,
mayores coberturas y productos excluidos, etc). En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos
y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en
Recurso de Amparo, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en
estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas,
productos excluidos, etc.). En el caso del valor de los accesorios en esta
resolución lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de
rentabilidad. Resolución 678/18: Pertenece a Accesorios. NO se valida. Se
presenta con carátula manual en IOMA Resolución de Directorio. El valor
de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia, teniendo en
cuenta el margen de rentabilidad. Sin cargo para el afiliado. Siempre deberá
estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. Si autorizan Tiras Reactivas con esta
Resolución, se deben validar por Resolución 1781/15, sino serán motivo de
débito. Resolución 1637: Pertenece a Accesorios. No se valida. Se
presenta con carátula manual en IOMA Resolución de Directorio. Abarca
accesorios con % variables entre 70%, 90% y 100%. Siempre deberá estar
adjunta la Orden de Provisión a la receta. El valor de los accesorios en esta
resolución lo define la farmacia. Resolución 1638/19: Esta Resolución viene a reemplazar a la
Resolución 1147/17. NO se
valida. Se debe presentar con carátula manual por Resolución de Directorio
pudiendo incluir la cobertura tanto de medicamentos como accesorios con
% de coberturas variables del 70%, 90% y 100%, según lo indicado en la Orden
de Provisión que deberá estar adjunta como siempre en la receta. En el caso
del valor de los accesorios en esta resolución lo define la farmacia,
teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Listado actualizado de Obras
sociales
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La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la
receta. La cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente
firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de
validación y los troqueles en la copia de la receta.
Pami Amb Saldo 1ra ENE 2020
Pami Pañales (82%) FEB 2020
Pami Oncológicos OCT/19
IOMA Amb Saldo ENE 2020
Amffa Ospoce Filiales ABR 2020
Jerárquicos Salud FEB 2020
Jerárquicos Salud ENE 2020
Licitaciones Pami OCT/19
Medicamentos Primer Nivel ABR 2020
Osmata FEB 2020
Sami Osmecon FEB 2020

Farm.
CLAUDIA SLEZACK
cslezack@colfarma.org.ar
COMISIÓN DE OBRAS SOCIALES Y POLÍTICAS
DE COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS
Contactos: 4290900 int. 385 – Mail: prestaciones@colfarma.org.ar

COLEGIO
DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)