Decreto 14/2020 Incremento a
trabajadores del sector privado
Tenemos el
agrado de dirigirnos a Ud. a raíz del dictado del Decreto
14/2020 emitido por el P.E.N. y
publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha
04/01/2020, por medio del cual se dispuso un incremento salarial mínimo y
uniforme para todos los trabajadores en relación de dependencia del
sector privado (art. 1).
Como se
desprende del mismo, alcanza a todos los trabajadores del
sector privado, de modo que debe abonarse a todos los profesionales
Farmacéuticos que trabajan en relación de dependencia en farmacias
privadas (SCS, mutuales, sindicales, de Obras Sociales, unipersonales),
distribuidoras, droguerías, laboratorios, etc.
El valor de
dicho incremento es de $ 3000 que se abonará con la remuneración
correspondiente al mes de enero del 2020 y, a partir del mes de febrero
de este año, se deberá adicionar a dicho incremento la suma de $ 1000.
Para mayor
información, aclaramos lo siguiente:
- El incremento que fija el
Decreto deberá ser absorbido por las futuras negociaciones
colectivas.
- No se debe tener en
cuenta dicho incremento para el cálculo de ningún adicional salarial
previsto por CCT.
- El empleador deberá consignarlo
en el recibo de sueldo como un rubro independiente denominado
“incremento solidario”. Cabe aclarar que dicho incremento tiene
carácter remunerativo, por lo que estará sujeto a los aportes y
retribuciones que correspondiere.
- Los únicos trabajadores
que quedan excluidos de la aplicación del presente Decreto son los
empleados del sector público nacional, del régimen del trabajo
agrario y del personal de casas particulares.
Ante
cualquier consulta al respecto, lo/la invitamos a contactarse con nuestra
Comisión por email a asuntoslaborales@colfarma.org.ar o
por teléfono al 0221-4290930.
Para
descargar este comunicado firmado, hacé
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