La Plata, 30 de JULIO de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar
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Estimados Colegas:
Les recordamos la Remuneración Básica Mínima Mensual vigente
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Farmacéuticos que ejercen en el ámbito Privado |
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Nos dirigimos a Ud. a fin de recordarles la Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en los establecimientos farmacéuticos del ámbito Privado de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución N° 4/19 del 13 de Mayo del 2019.
La misma contempla una actualización a partir del 1° de Junio del 2019 y otra a partir del 1°de Septiembre del 2019.
En vista de la situación económica que atraviesa el país, solicitamos a los empleadores que cumplan esta resolución. |
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Farmacéuticos de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales |
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Nos dirigimos a Ud. a fin de recordarles la Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en establecimientos de propiedad de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución Nº 2/19 del 8 de abril del 2019
La misma contempla una actualización a partir del 1° de Junio del 2019 y otra a partir del 1°de Septiembre del 2019. |
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Para cualquier consulta comunicarse al siguiente mail: asuntoslaborales@colfarma.org.ar |
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Farm. María Verónica Mobilia
Coordinadora
Comisión de Asuntos Laborales
Comisión de Asuntos Laborales
Te: 0221-4290900 int. 330 asuntoslaborales@colfarma.org.a |
COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas) |