La Plata, 28 de MAYO de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.arwww.colfarma.org.ar

NUEVA REMUNERACIÓN
Básica Mínima Mensual

Estimados Colegas:

Farmacéuticos que ejercen en el ámbito Privado

 

Nos dirigimos a Ud. a fin de comunicarle la Nueva Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en los establecimientos farmacéuticos del ámbito Privado de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución  N° 4/19 del 13 de Mayo del 2019.

La misma contempla una actualización a partir del 1° de Junio del 2019 y otra a partir del 1°de Septiembre del 2019.

En vista de la situación económica que atraviesa el país, solicitamos a los empleadores que cumplan esta resolución.


Farmacéuticos de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales

Nos dirigimos a Ud. a fin de comunicarle la Nueva Remuneración Básica Mínima Mensual que deben percibir los profesionales Farmacéuticos que ejercen su actividad en  establecimientos de propiedad de entidades Sindicales, Mutuales, Gremiales o de Obras Sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires aprobada por el Honorable Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires según Resolución Nº 2/19 del 8 de abril del 2019

La misma contempla una actualización a partir del 1° de Junio del 2019 y otra a partir del 1°de Septiembre del 2019.

 


¿Conocés cómo funciona el simulador de sueldos?

Horas extras, horas mensuales, aguinaldo y otros conceptos que serán de utilidad para optimizar el uso del simulador de sueldos

Para acceder al simulador hacé clic aquí

  • Horas Extras

1) AL 50%: son las realizadas por sobre la jornada normal y habitual los días comunes (Lunes a Viernes) y los sábados hasta las 13 hs.

2) AL 100%: son las realizadas entre las 13 hs. del día sábado y las 24 hs. del día domingo. Los feriados tienen el mismo tratamiento.

3) Si las horas extras de los puntos anteriores (al 50% o 100%) son realizadas entre las 21 hs. y las 06 hs. del día siguiente se consideran “horas extras nocturnas”. 

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Para cualquier consulta comunicarse al siguiente mail: asuntoslaborales@colfarma.org.ar

 

Farm. María Verónica Mobilia
Coordinadora
Comisión de Asuntos Laborales


Comisión de Asuntos Laborales 
Te: 0221-4290900 int. 330  
asuntoslaborales@colfarma.org.a

COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata
Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)