La Plata, 20 de MARZO de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar


Reglamento de la Comisión Provincial de 
Educación Permanente – CPEP

(elección o renovación del 
Representante Zonal Titular y Suplente)


Sr./a. Presidente/Delegado/a
Colegio de Farmacéuticos de Filial

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con motivo de informarle las modificaciones aprobadas al Reglamento de la Comisión Provincial de Educación Permanente –CPEP– en lo referente a la elección o renovación del Representante Zonal Titular y Suplente de cada una de las zonas que la componen.
Acercamos con las mismas, un modelo del texto para ser incluido en el Orden del Día para la convocatoria de las Asambleas Anuales Ordinarias del 2019 y el Anexo A que contiene la conformación de las zonas. 
                                                  
Modificaciones al Reglamento de la CPEP:
Artículo Primero: A los fines de proceder a la elección o renovación del Representante Zonal a la Comisión Provincial de Educación Permanente, cada año que corresponda, con 30 días de anticipación a la Asamblea General Ordinaria de cada una de las filiales, se abrirá por 20 días un periodo de inscripción para que los Farmacéuticos Matriculados de cada partido, se propongan voluntariamente para integrar dicha comisión. Cada Asamblea designará un Representante del Partido, de acuerdo a cada una de las zonas que establece el “ANEXO A” de este reglamento. La comunicación de la iniciación de este periodo se hará de la manera fehaciente a todos los farmacéuticos matriculados del partido. 
Artículo SegundoDe resultas del artículo anterior, de la nómina de inscriptos de cada filial, se elegirá o renovará, un Representante del Partido por la Asamblea General Ordinaria.
Artículo TerceroLos representantes de cada filial de partido se elegirán por zonas (Según el ANEXO A) y de común acuerdo, se asignará entre los presentes un número de orden a los fines de la elección de titular y suplente de la zona, quedando el resto numerados, preparados para cubrir, en caso de necesidad por acefalía, renuncia o cualquier otro motivo justificado, suceder al titular o suplente de acuerdo al número de orden que se determinó a cada representante de la filial de partido de la zona. Es decir, será titular y suplente de la zona los que resulten primero y segundo en el número de orden, respectivamente. Los datos del Representante Zonal Titular y Representante Zonal Suplente deberán ser comunicados al Honorable Consejo Directivo hasta el día 31 del mes de Agosto del mismo año.
A modo solo orientativo le acercamos la frase que podría incluirse en el Orden del Día:
Designación de un Representante de la Filial del Partido de ………………., para la Elección de Representante Zonal Titular y Suplente de la Zona............ a la Comisión Provincial de Educación Permanente -CPEP- del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.  
Anexo A: Zonas que componen la Comisión Provincial de Educación Permanente (haga clic aquí…)

A la espera de las designaciones que surjan de la Asamblea, saludamos a Usted, con la consideración más distinguida.

 


Farm. Nicolás Troffe

Coordinador 
Comisión Científica y de 
Extensión Universitaria

 

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