Seguro de Mala Praxis
El 1 de diciembre de 2017 se realizó la renovación de las pólizas de responsabilidad civil mala praxis tanto de Farmacéuticos como de sociedades con la compañía Sancor seguros.
Recordamos que en el caso de los profesionales/propietarios que se desempeñen en farmacias unipersonales contando personalmente con la cobertura del seguro, la farmacia también estará asegurada por este riesgo (farmacia y farmacéutico son la misma persona jurídica), pero en el caso que el profesional/socio asegurado se desempeñe en una sociedad, en cualquiera de sus formas, para tener una correcta cobertura deberá contratar también la póliza de Responsabilidad Civil mala praxis la sociedad pues en este caso son personas jurídicas distintas (profesional y sociedad). El colegio cuenta con las dos pólizas.
Mala Praxis Farmacéuticos:
Hemos solicitado el aumento de la suma asegurada por recomendación de nuestra Asesoría Letrada, pues las sumas de los reclamos por demandas efectuadas más los honorarios de todos los profesionales que participan de un proceso judicial, vienen sufriendo incrementos constantes, por lo tanto a partir del 01 de diciembre del 2017, la suma asegurada se estableció en $ 900.000.- a un costo mensual de $ 63.- ($ 50.40 para fcos. Adheridos al Sistema Unificado - Cat. A), que se cobrará junto con la cuota social, a partir del mes de diciembre/17 (incremento en la cobertura del 28%).
Desde el Colegio recomendamos esta opción de suma asegurada, pero si Ud. no está de acuerdo, puede optar por otras 2 alternativas que detallamos: Suma asegurada de $ 500.000.- a un costo mensual de $ 35 ($ 28 adheridos al S.U.- Cat. A) o suma asegurada de $ 700.000.- a un costo mensual de $ 49.-($ 39.20 adheridos al S.U. Cat. A)
Cobertura: La cobertura del presente seguro solo ampara la Responsabilidad Civil del profesional cubierto derivada de daños psicofísicos causados por este a sus pacientes en hechos de mala praxis en el ejercicio de su profesión como Farmacéutico , producidos durante la vigencia de la póliza. Ampara, asimismo Dispensación errónea, Medicamentos vencidos, Dispensación de medicamentos de venta libre y de productos médicos, Medicamentos en mal estado, Aplicación de inyecciones, Primeros Auxilios, Preparaciones magistrales, oficiales u oficinales dispensadas cumpliendo con las normativas sanitarias vigentes. Venta y distribución de productos farmacéuticos y médicos realizados por Farmacéuticos que trabajen en Droguerías y Distribuidoras de medicamentos. Cuando la condición de dispensación del medicamento exija receta médica la misma puede ser manuscrita y/o preimpresa,
Campaña de Vacunación antigripal y antineumocócica de PAMI- lOMA. Se permite el expendio de medicamentos en fotocopia simple para los tratamientos crónicos ambulatorios convenidos con las diferentes obras sociales, siempre que se cumpla el procedimiento establecido con las mismas.
Queda aclarado y convenido que los dependientes del Asegurado se encuentran personalmente cubiertos por esta póliza y el farmacéutico por los daños y/o perjuicio que los mismos pudieran cometer a terceros en su carácter de dependientes, siembre que se encontraran debidamente inscriptos laboralmente a la orden del farmacéutico empleador.
Quedan excluidos los profesionales que se desempeñen en Direcciones Técnicas de Laboratorios, y matriculados en el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires en la categoría “Voluntario”. Otros profesionales Farmacéuticos no específicamente cubierto por esta póliza y que colaboren con el asegurado. Actos o intervenciones prohibidas por ley. Daños sufridos por personas que practiquen alguna actividad por cuenta del asegurado, por motivos profesionales o científicos. Daños cometidos con dolo.
Seguro de Responsabilidad Civil Mala Praxis para Farmacias:
Para aquellas farmacias cuya razón social sea sociedad en Comandita Simple, SRL o Colectiva, por ser la Sociedad otra persona jurídica a la del Director Técnico (en farmacias unipersonales es la misma) Para contar con una correcta cobertura por mala praxis, es necesario contar con esta póliza también (se deben contratar las dos) a partir del 01 de diciembre del 2017 tendrán una cobertura de $ 900.000.- a un costo mensual para las farmacias constituidas como sociedades de $ 351.- ($ 280.80 adheridas al S.U. Cat A ) Ampara la responsabilidad civil de las Sociedades descriptos en el primer párrafo de Cobertura en Mala Praxis Farmacéuticos. Quedan excluidas las Personas Jurídicas propietarias de Laboratorios, Droguerías y/o Distribuidoras de medicamentos La póliza incluye la defensa en Juicio Civil y Penal. En caso que se promoviera un juicio penal, el asegurado deberá dar inmediato aviso al Asegurador, quien contará con 48hs. de plazo para verificar la viabilidad del seguro.
Si la sociedad no está de acuerdo con dicha suma asegurada, puede optar por una cobertura de $ 500.000.- a un costo mensual de $ 195.- ($ 156.- S.U. – Cat. A) o una cobertura de $ 700.000.- a un costo mensual de $ 273.- ($ 218.- S.U.- Cat. A) y para ello deberá enviar a este Colegio una comunicación fehaciente (Carta documento o telegrama) a calle 5 Nº 966, La Plata, CP 1.900.
Pago del Seguro: El monto correspondiente a la suma asegurada elegida, será debitado de la Facturación de Obras Sociales (requisito para la adhesión).
Por consultas (tanto por seguros de Farmacéuticos como de Farmacias) dirigirse a malapraxis@colfarma.org.ar
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