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La Plata, 20 de FEBRERO de 2019 – farmaceuticos@colfarma.org.ar – www.colfarma.org.ar |
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ALERTA DE LA RPVF |
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Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica |
Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT Disposición 1716/2019 B.O. 20/02/2019 ARTÍCULO 1°- Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes de los productos rotulados como: “Estearato de amonio pomada por 60 cm3 Parafarm”, sin datos de registro ante ANMAT, y “Pasta Lassar por 80grs. Parafarm”, sin datos de registro ante ANMAT y cualquier otro producto detallado en el Anexo I de la Disposición 8417 / 2016 que declaren ser elaborados por droguería Saporiti SACIFIA hasta tanto obtenga las autorizaciones correspondientes. ARTÍCULO 2º- Instrúyase sumario sanitario a Droguería Saporiti SACIFIA y a su director técnico, con domicilio en avenida del Campo N° 1449, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el presunto incumplimiento a los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 16.463, y artículos 1° y 2° de la Disposición 8417 / 2016. |
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Farm. Isabel Reinoso |
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COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
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