PROVINCIA ART

PROVINCIA ART S.A.

Cod. O.S. 9961

NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): NOVIEMBRE 2024

COBERTURA DEL SERVICIO

Toda la provincia de Buenos Aires                                                                                                                                                                    VALIDACION OBLIGATORIA


DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA

DESCUENTO O.S. AFILIADO OBSERVACIONES
Accidentes de Trabajo 100%  — Plan “Acc. de trabajo”, el sistema emitirá la cobertura de la medicación, ya sea del segmento ambulatorio como autorizado, siempre que el afiliado haya gestionado con la ART el trámite correspondiente.
Autor. – Acc. y Prep. Magis 100% Las recetas autorizadas con Accesorios y/o Preparados Magistrales, se deberán validar a través del Convenio denominado “Provincia ART – Autorizados”, en el plan “Accesorios y Preparados Magistrales”, donde solo se podrán validar los “Accesorios” con el Código 1000 y los “Preparados Magistrales” con Código 2000, siempre que los mismos cuenten con la autorización de Provincia ART, la que se deberá adjuntar a la receta, para su presentación.

 

RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
Respuesta del validador.
OBS: Necesitan aval médico los antibióticos y los medicamentos con corticoides por lo que el sistema le indicará solicitar autorización al 0800 333 1278.

IMPORTANTE:
·       Monto máximo por producto sin Autorización: $20.000.-
·       Monto máximo por Receta sin Autorización: $80.000.-
·       Si la Farmacia intenta dispensar medicamentos que excedan (por unidad o Receta) los montos arriba indicados, el propio validador le indicará que requiere autorización y a qué teléfonos contactarse.

Cantidad Máxima de:
PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA: Respuesta del validador.
Unidades por renglón: Respuesta del validador.
UNIDADES POR TAMAÑO: Respuesta del validador.
Si indica Grande, el de tamaño siguiente al menor.
Si no indica tamaño, el de menor contenido.
Si equivoca la cantidad: el tamaño inmediato inferior.
Antibióticos inyectables: Sin restricción


TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS

Recetarios Particulares 
– De hospitales, clínicas, sanatorios, SAMO y particular del médico: Con prescripciones tradicionales (manuscrita), donde el sello y la firma del profesional prescriptor deberán estar también ambos en original.

Recetarios Electrónicos: Son válidas las prescripciones confeccionadas a través de diferentes plataformas, las que deberán contener obligatoriamente los requisitos de identificación de cada receta, como por ejemplo: código de barra, número de receta. Donde el sello y la firma del profesional prescriptor también estarán en formato digitalizado o en original.
 Cuando la receta electrónica es emitida por Provincia ART (tienen el logo identificatorio en el margen superior) pueden tener la firma ológrafa del médico con sus respectivos datos o bien tener los solamente los datos: Nombre completo, Tipo y N° de matrícula y especialidad.
Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.

En la receta, deberá contener los siguientes datos:

  • Nombre de la A.R.T.
  • Nombre, apellido y Número de Documento o CUIL del paciente
  • Fecha de prescripción
  • Medicamentos recetados con sus principios activos correspondiente, cantidad de cada uno en números y letras.
  • Nombre, apellido, firma y sello con número de matrícula y especialidad del profesional prescriptor.
  • Toda corrección debe ser salvada por el médico con sello y firma.

– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.


VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION

30 días.
PRESENTACION DE LA RECETA: 60 días corridos a partir del día de la fecha de venta (incluyendo la misma).


DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION

–  Se valida con el N° de DNI.

Es importante tener en cuenta los siguientes puntos al momento de cerrar las recetas:

Provincia ART – Plan “Acc. de trabajo”: Las recetas se deberán cerrar a través de cierre de recetas, como habitualmente se realiza con el resto de las Obras Sociales, luego se deberá realizar el Resumen a través de “Resumen de Caratula de Terceros”. La falta de esta modalidad, será motivo de débito.

Provincia ART – Autorizados – Plan Accesorios y Preparados Magistrales: Las recetas se deberán cerrar a través de cierre de recetas, como habitualmente se realiza con el resto de las Obras Sociales, luego se deberá realizar el Resumen a través de “Resumen de Colegio”.  La falta de esta modalidad, será motivo de débito.

LA FALTA DE ALGUNO DE ESTOS DATOS SERA MOTIVO DE DEBITO.

Troquelado: completo, con código de barras, no utilizar abrochadora, ya que impide la lectura con lector de código de barras. Para el caso de medicamentos sin troquel colocar la sigla S/T. El código del troquel, deberá estar perfectamente legible, sin enmiendas o tachaduras.
El farmacéutico podrá aclarar el número de documento o el CUIL del paciente, si estos datos no estuvieran claramente legibles.
Datos a completar por la farmacia:
·         Número de orden de la receta
·         Fecha de venta
·         Al lado de la prescripción se indicará el precio unitario e importe total.
·         Firma y sello de la Farmacia
·         Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y documento (la ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
·         Si retira un tercero, se deberá solicitar fotocopia legible del documento del “BENEFICIARIO”, DNI de quien retira, la receta y fotocopia del formulario de denuncia de siniestro o solicitud de Asistencia Médica.
·         Adjuntar copia del de ticket de venta. En caso de no poder hacerlo, notificar por escrito las razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
·         Toda corrección de expendio debe ser salvada por el farmacéutico (con firma y sello de la farmacia) y por el afilado con su firma.
·         Las recetas no deberán tener enmiendas y/o agregados no convalidados con la firma del profesional actuante y su sello.

MUY IMPORTANTE!
Ante consultas para resolución de dificultades relacionadas con la prestación farmacéutica, las líneas directas telefónicas son:

De Lunes a Viernes de 8:00 hs a 20:00 hs al:             0800-333-1278
Los Sábados, Domingos y Feriados al:                       0800-333-1333


RESUMEN

Planilla: Carátula on-line
Cantidad: Una
Presentación: Mensual
Re-facturación: Dentro de los 60 días de recibida.


CUIT

30-68825409-0


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mail: ayudaonline@colfarma.org.ar /  Tel: 0810 333 4133 / wsp: 011 51476648