A. M. T. T. A.
Asociación Mutual de Trabajadores de la Televisión y Afines.
Cod. O.S. 1713
NORMA DE ATENCIÓN (ÚLTIMA MODIFICACIÓN): SEPTIEMBRE 2025
COBERTURA DEL SERVICIO
Toda la provincia de Buenos Aires VALIDACION OBLIGATORIA
DESCUENTOS Y TOPES DE COBERTURA
Renglones por receta: 2 (dos) productos de distinto principio activo
Unidades por renglón: 1 (uno)
Tamaños por receta: 1 (uno) grande o mediano por receta, si se encuentra prescripto como tal.
RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS:
Se reconocerán únicamente los medicamentos prescriptos por nombre genérico (conforme a las disposiciones legales vigentes) que figuran en Manual Farmacéutico, con las siguientes exclusiones:
PRODUCTOS NO RECONOCIDOS:
Anovulatorios /Anticonceptivos, Anorexígenos /Adelgazantes, Shampúes, Edulcorantes, Fórmulas Magistrales, gammaglobulinas especificas, Hormonas de Crecimiento, Inmunosupresores, Interferones inyectables, Jabones Medicinales, Lociones Capilares, Lociones dérmicas, Medicamentos de Uso hospitalario, Medicamentos para HIV/Sida, Oncológicos/Citostaticos, Pantalla / Protectores Solares, Productos sin Troquel, Tratamiento para la Infertilidad, Venta Libre. Medicamentos de diabetes (hipoglucemiantes orales- insulinas- tiras reactivas- insumos en general) Suplementos dietarios.
MEDICAMENTOS NO RECONOCIDOS NI POR NOMBRE COMERCIAL NI POR SUS DROGAS:
Retin A, Retinol, Acnetrol, Aristaloe, Melasmax, Zoodermina (crema y jabón), Dorpiel, Exfolium, Medic, Xenical (Orlistat), Sildenafil, Etanercept (Enbrel)- Olanzapina (Todas la marcas comerciales) – Vit A + Asociados (dermaglos/ perpiel,etc)
ANTICONCEPTIVOS ORALES: 50% con previa autorización de la mutual AMTTA. Se podrán autorizar hasta 3 (tres) cajas por recetario previa autorización de AMTTA mediante firma y sello de la Sra. MARIA ALEJANDRA OSORIO – Secretaria AMTTA.
LECHES:
Maternizadas: NO
Medicamentosas: SI (serán reconocidas dentro del Plan Materno Infantil con el 100% de descuento, debiendo contar con autorización previa de AMTTA)
Enteras: NO
VACUNAS: solo con previa autorización de AMTTA mediante firma y sello de la Sra. MARIA ALEJANDRA OSORIO – Secretaria AMTTA.
AUTORIZACIONES ESPECIALES:
AMTTA podrá autorizar el expendio de medicamentos excluidos, indicando en la autorización el porcentaje de cobertura a reconocer, mediante firma y sello de la Sra. MARIA ALEJANDRA OSORIO – Secretaria AMTTA.
Todo aquel medicamento que supere el valor de $ 120.000, deberá contar con una autorización previa de la Mutual AMTTA
La validación se debe realizar con el N° de DNI del afiliado
TIPOS DE RECETARIOS ACEPTADOS
Oficial : Las recetas del PMI deberán tener impreso “100% a cargo de la Obra Social”, y estar intervenidas en el casillero del margen izquierdo por la persona que lo entrega. (MODELO AL PIE COLOR ROSA).
Los recetarios oficiales son de color celeste para las prestaciones comunes. (MODELO AL PIE COLOR CELESTE) en cuyo ángulo superior izquierdo se leerá: «ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DE TELEVISION Y AFINES». Los recetarios oficiales del Plan Materno Infantil son de color rosado, poseerán la misma inscripción que los recetarios comunes y llevarán impresa la siguiente leyenda: «PLAN MATERNO INFANTIL COBERTURA 100% A CARGO OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE TELEVISIÓN».
Particulares: Son válidos los recetarios con membrete de FEMEBA con firma y sello médico ológrafos.
Electronicas: Recetas prescriptas en formato digital : deberán contener obligatoriamente el “código de barras” y N° de recetario, donde el sello y la firma del profesional prescriptor también estarán en formato digitalizado. Es importante aclarar que el afiliado siempre deberá presentar la receta impresa en la farmacia.
– Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02
– Cantidad de cada medicamento en números y letras.
– Enmiendas del prescriptor: solo salvadas con su firma y sello (NO válido para recetas electrónicas/digitales).
– Enmiendas del farmacéutico: salvadas por él mismo con conformidad del afiliado/tercero (NO válido para recetas electrónicas/digitales de validación obligatoria)
– Enmiendas del afiliado/tercero: puede salvar sus datos completados al momento de la dispensa.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION
15 días
DETALLES PARA LA DISPENSA Y FACTURACION
- Para su facturación se presentará la receta junto al comprobante de validación con los datos del afiliado o tercero (nombre y apellido, DNI, domicilio y firma), además de firma y sello de la Farmacia
- En caso de recetas electrónicas autorizadas se deberá presentar: receta impresa y autorización impresa junto al comprobante de validación firmado por el afiliado o tercero, con la firma y sello de la Farmacia.
MODELOS DE RECETARIOS
PLAN COMUN (CELESTE) PLAN PMI (ROSA)

RESUMEN
Presentación: Mensual
CUIT
30-64798105-0
CTRL F: para buscar palabra clave.
PARA DESCARGAR NORMA CLIC AQUIWEB: WWW.COLFARMA.ORG.AR /
Para consultas sobre esta norma de atención comunicarse a Mesa de Ayuda:
mail: ayudaonline@colfarma.org.ar / Tel: 0810 333 4133 / wsp: 221 6547529


