Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información de ANMAT
PRODUCTOS COSMETICOS
ANMAT prohíbe el uso y la comercialización de productos cosméticos de la marca BANANA PREMIUM
La medida fue tomada luego de advertir que se trata de productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional.
18 de julio de 2025
ANMAT informa que, mediante la Disposición 5037/25 se ha prohibido el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta libre y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos de la marca BANANA PREMIUM en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos:
- Alisado BIO SMOOTH – Banana extract hialuronic acid
- Shampoo antiresiduos – Banana extract hialuronic acid
La medida fue tomada a raíz de una inspección realizada por el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene personal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se evidenció la venta física de productos para el cabello sin inscripción sanitaria, comercializados bajo la marca BANANA PREMIUM. Paralelamente se identificaron publicaciones web que ofrecían los citados productos para la venta con centros de distribución en varias provincias del país.
Al tratarse de productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional, se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración y resulta imposible brindar garantías sobre su seguridad y eficacia.
La cosmética no es una categoría inocua: es un sector sujeto a fiscalización permanente porque sus riesgos pueden ser graves si no se controlan. Tal es el caso de alisadores del cabello que se comercializan sin la debida inscripción sanitaria y representan un serio riesgo para la salud de la población, por cuanto podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante.
Los alisadores para el cabello formulados en base a formol pueden generar diversas reacciones adversas tras la exposición aguda, a saber: irritación, enrojecimiento, ardor, picazón de la piel y/o de los ojos, lagrimeo, irritación de la garganta, irritación de la nariz, tos, sensibilización del tracto respiratorio y alteraciones serias del mismo.
ANMAT prohíbe el uso y la comercialización de diversos productos cosméticos de la marca TOPLISS
La medida fue tomada luego de advertir que se trata de productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional.
18 de julio de 2025
ANMAT informa que, mediante la Disposición 5038/25 se ha prohibido el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta libre y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos de la marca TOPLISS en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos:
- Rescate capilar
- Plex 1
- Shampoo neutro
- Biotina pura
- Botox matizador azul
- Botox matizador violeta
- Tratamiento capilar aceite de coco
- Tratamiento capilar aceite de jojoba
- Tratamiento capilar aceite de almendra
- Botox lifting
- Alisado dominicano
- Shock keratina pink cristal
- Biotina
- Levanta muerto potente blonde
- Oro líquido
- Alisado extra fuerte
- Shock keratina shock cristal
- Prolongador de alisado
La medida fue tomada a raíz de una denuncia recibida por el Sistema de Cosmetovigilancia, y se constató la oferta en diversos canales electrónicos de productos para el cabello sin inscripción sanitaria. Al tratarse de productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional, se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración y resulta imposible brindar garantías sobre su seguridad y eficacia.
La cosmética no es una categoría inocua: es un sector sujeto a fiscalización permanente porque sus riesgos pueden ser graves si no se controlan. Tal es el caso de alisadores del cabello que se comercializan sin la debida inscripción sanitaria y representan un serio riesgo para la salud de la población, por cuanto podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante.
Los alisadores para el cabello formulados en base a formol pueden generar diversas reacciones adversas tras la exposición aguda, a saber: irritación, enrojecimiento, ardor, picazón de la piel y/o de los ojos, lagrimeo, irritación de la garganta, irritación de la nariz, tos, sensibilización del tracto respiratorio y alteraciones serias del mismo.
SUSTANCIAS DE REFERENCIA:
Se establece como Sustancia de Referencia Farmacopea Argentina al Ingrediente Farmacéutico Activo SULFATO DE SALBUTAMOL
Para ensayos físicoquímicos.
18 de julio de 2025
ANMAT informa que, mediante la Disposición Nº 5031/2025 se establece como Sustancia de Referencia Farmacopea Argentina para ensayos físicoquímicos, al Ingrediente Farmacéutico Activo SULFATO DE SALBUTAMOL (número de control 123067), la cual ha sido envasada en frascos ampollas con un contenido aproximado de 300 mg cada uno y un título de 99,9%, expresado sobre la sustancia seca.
Los frascos ampollas de SALBUTAMOL SULFATO Sustancia de Referencia se conservarán en el Instituto Nacional de Medicamentos, desde donde se distribuirán a los solicitantes, luego del pago del arancel correspondiente y serán acompañados por un informe técnico resumido.


